SUMA CERO
El Tribunal Supremo de España rechazó la semana pasada un recurso de la aerolínea Ryanair que pedía que se condenase a la asociación de consumidores Facua por haber vulnerado su derecho al honor cuando afirmó que “tomaba el pelo a sus clientes” y que incurrían en “estafas” y “fraudes” al considerar que debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión. El Alto Tribunal da así la razón a la Audiencia Provincial de Sevilla y subraya que en este caso debe primar el derecho a la libertad de expresión de la asociación sobre el derecho al honor de Ryanair. La compañía de bajo costo sostenía que Facua, por medio de su página web, le había achacado prácticas ilícitas, como la comisión de “fraudes”, “engaños” y “abusos” en perjuicio de sus clientes, y la había denigrado con afirmaciones supuestamente injuriosas y calumniosas como “Ryanair: lo peor de lo peor” y “la peor empresa del año”. Por ello, pretendía que la asociación rectificara y que fuera condenada a cesar en sus comentarios.
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