Dom 24.08.2014
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Debate

EL PROYECTO DE NUEVA LEY DE HIDROCARBUROS

¿Neuquén es parte de Argentina?

› Por José Andrés Repar

El dominio originario de los recursos naturales de las provincias indicado en la Constitución de 1994 es, en principio, la capacidad jurisdiccional, que habilita a las provincias a la administración de los recursos de su subsuelo; no son de su propiedad.

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