IBOPE
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) sancionó a la consultora Ibope Argentina, única empresa encargada de la medición de audiencia en el país, al no cumplimentar una serie de medidas para complementar sus métodos de registro del rating televisivo. La CNDC resolvió imponer una multa de 320.000 pesos a la compañía de capitales brasileños, luego de que la empresa desobedeciera su medida cautelar de febrero de 2004, a través de la cual había establecido que la consultora “realice, por sí o por terceros, mediciones de audiencia paralelas y continuas, mediante un sistema de encuesta coincidental telefónica, que debería ser auditada y supervisada por la Cámara de Control de Medición de Audiencias (CCMA)”. La CNDC impuso esta obligación a Ibope luego de que, en 2003, el panel confidencial de hogares con people meters en el que se basa la medición tomó estado público a través de un mail anónimo. La resolución de la CNDC es la culminación de un proceso iniciado en 2003, a partir de una denuncia del canal América y de la productora televisiva PPT (Duro de domar, TVR), perteneciente a Diego Gvirtz, quienes acusaron a Ibope por falta de confiabilidad en sus mediciones. En el mismo fallo, la Comisión multó en 14.500 pesos a la CCMA (la cámara que reúne a productores, anunciantes y canales televisivos), por no arbitrar “los mecanismos idóneos para homologar a empresas de servicio de medición de audiencias bajo sistemas alternativos al de people meters, mediante un proceso rápido, abierto y procompetitivo de selección de oferentes del servicio”.
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