DOCUMENTO CONJUNTO DE ACTORES Y EMPRESARIOS
› Por Paula Sabatés
Luego de varios cortocircuitos y acusaciones cruzadas por la Ley del actor, sancionada por el Congreso y promulgada por Cristina Fernández de Kirchner el año pasado, algunas de las Cámaras Empresarias que nuclean a los empleadores de las diversas ramas de la actividad actoral y la Asociación Argentina de Actores (AAA) firmaron un documento conjunto con “una serie de coincidencias básicas” sobre cómo debería ser el proceso de reglamentación de la norma, que entró en vigencia el 1º de enero de este año. Si bien en la misma también expresan sus diferencias –en torno de ciertos artículos en los que no logran ponerse de acuerdo–, la carta elevada al Ministerio de Trabajo de la Nación tiene por objeto pedir la urgente reglamentación a fin de “evitar aumentar la conflictividad, las interpretaciones maliciosas y poner fin a una campaña mediática que perjudica a todos los que queremos mayores puestos de trabajo, más producciones, garantizar la transparencia y el cumplimiento de las leyes”, según un comunicado que difundió ayer la AAA.
El acuerdo fue firmado por los empresarios teatrales nucleados en Aadet y los empresarios de televisión agrupados en ATA y Capit (pero no por las cámaras de cine y publicidad) y por el sindicato de actores, que hace años pelea por una ley que reconozca a los actores como trabajadores en relación de dependencia. Entre las coincidencias están que se imprima “la mayor celeridad y urgencia al proceso de reglamentación de la ley” y que la misma contemple “las particularidades y atipicidades que reviste la actividad” en el sentido de que las contribuciones se calculen “tomando una base imponible mensual o diaria que defina la reglamentación pendiente según la modalidad que se utilice”.
Además de esos dos puntos, el documento hace hincapié en una cuestión central para la AAA. Se trata de un pedido (también conjunto) para que la reglamentación ratifique su rol como responsable para fiscalizar el cumplimiento del depósito de las contribuciones patronales al régimen de Seguridad Social y de las sumas retenidas en concepto de aportes de los trabajadores, facultad que posee desde siempre. “Las sumas retenidas están depositadas en una cuenta especial abierta al efecto hasta tanto la AFIP oficialice los aplicativos para que puedan ser transferidas al sistema de seguridad social como manda la Ley del Actor”, aclaró el gremio, que en los últimos días recibió consultas sobre estas retenciones.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux