En una entrevista reciente, Héctor Tizón declaró al diario Clarín que intervino en la etapa final del juicio a Romina Tejerina, y aseguró que “no hubo violación ni remotamente”. ¿Qué opina usted?
–Las afirmaciones de Tizón muestran la imposibilidad de erradicar la ideología de la aplicación de la ley. La ley recubre parcialmente al derecho. No hay transmisión de la ley sin implicación subjetiva; los sujetos operan con sus representaciones en la aplicación y en la interpretación de la ley. El problema es si la ley va a contemplar el derecho y hasta dónde. En el caso del aborto por violación es indudable que la aplicación de la ley no recubre el derecho del sujeto. Lo que dijo Tizón le corresponde como sujeto ideológico y no como juez: él considera violación la intromisión en el cuerpo y no la subordinación del sujeto al deseo del otro. Lo brutal de la violación no es solamente la intromisión en el cuerpo. La penetración implica que el cuerpo de alguien sea empleado como medio de goce, sin tener en cuenta que está habitado por un sujeto. Una mujer abusada, aunque no sea genitalmente violada, es violada en su intimidad en el sentido más amplio del término.
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