FAMILIAS
Identidad completa
Si el proyecto de ley de paternidad responsable llega a sancionarse, las mujeres ya no tendrán que cargar con la responsabilidad de iniciar y tramitar juicios de filiación para darles a sus hijos una identidad completa. Si la mujer lo desea, con sólo informar del nombre del padre, será la administración pública la que se encargue de contactarlo para que éste pueda asumir su responsabilidad.
› Por Sonia Santoro
El proyecto de ley se titula “paternidad responsable” y dice que las madres solteras podrán, si lo quieren, dar el nombre del padre del recién nacido ante el Registro Civil, para que el Estado inicie un trámite administrativo que permita comprobar esa paternidad. La “responsabilidad”, entonces, quedaría en manos del Estado y, en todo caso, del hombre. Pero ya no más de la mujer, que actualmente es la que carga con el peso de tener que iniciar un juicio de filiación si quiere que su hijo sea reconocido por el padre. “La mujer va a tener la llave y va a ser la protagonista de poder dotar a su hijo de una identidad completa. Esto la pone en verdadero lugar de sujeto de derecho y deja de ser una mera panza”, dijo a Las12 la diputada del ARI Laura Musa, autora del proyecto.
De esta forma se otorga al recién nacido el derecho a conocer su propia historia, comenzando por saber no sólo la identidad de su madre sino también la de su padre. Y a poder llevar los apellidos que realmente le correspondan, más allá de los desencuentros entre los adultos.
Actualmente, una madre soltera que va a inscribir a su hijo al Registro Civil sólo puede ponerle su apellido. Y si quiere que el padre reconozca al niño, es su responsabilidad iniciar un juicio de filiación.
–La madre no debería tener mayor obligación porque ya está cumpliendo, está ahí –explica Musa–. Pero el papá, por el solo hecho de no moverse de su casa, la obliga a ella a poner en funcionamiento toda una maquinaria judicial que no es fácil, sumado a que está sola a cargo del chico. Entonces, lo que establecimos es un proyecto innovador en materia jurídica, tomado de Costa Rica. Allí dijeron “hagámoslo distinto, cambiemos la lógica”. La mujer va a anotar al chico al Registro Civil y la atiende un abogado experto en derechos de la infancia que le informa acerca de qué significa no decir en ese acto quién es el padre. Puede no significar o significar muchas cosas para ella como mujer –porque no lo quiere ver más al hombre, lo usó para tener un hijo, o la abandonó y no le quiere insistir más–, eso es fuero íntimo de ella, pero en qué punto eso empieza a ser lesivo a otro derecho que hay en pugna ahí, que es el derecho a la identidad del chico. Por ahí la madre no piensa en esto pero es bueno que lo piense.
–De todas formas la mujer no estaría obligada a dar esta información.
–No, si la mujer se niega a decirlo no hay forma de que lo haga, pero es una decisión que ella tiene que tomar. Entonces, si lo dice se abre una instancia administrativa, no judicial. Cambiamos la carga de la prueba. La mujer dice quién es el hombre y aporta los datos necesarios y ya cumplió. Ahí el hombre va a ser convocado por el ministerio público, se hará las gestiones para notificar a esta persona y va a haber la posibilidad gratuita de que se haga el ADN.
–¿Qué pasa si el hombre se niega a hacerse el ADN?
–El bebé es inscripto igual con el apellido de los dos. Quedará después la posibilidad para el hombre de abrir una vía judicial si cree que no fue respetado su derecho. Y la única prueba que va a tener ahí es el ADN otra vez.
El proyecto deroga los artículos 255 y 259 del Código Civil. Y es parte de un paquete de proyectos que busca la efectivización de la plena ciudadanía de niños, niñas y adolescentes, gestado por la Fundación Sur Argentina, organización formada hace dos meses por especialistas en derechos humanos y presidida por el jurista Emilio García Méndez.
El proyecto también legitima a la madre casada en lo que se conoce como “impugnación” de la filiación. Hoy si una mujer casada quiere decir que el padre del niño no es su marido no lo puede hacer porque está establecido que todo hijo que nazca es del matrimonio. “En su momento los argumentos para mantener esa presunción viejísima eran la moral, las buenas costumbres y la paz familiar, en virtud de que no se podía admitir un adulterio en una familia y que eso estaba por encima de la verdad empírica. Entonces, no le daban la posibilidad de impugnar a la madre porque era como que ella misma admitía que cometió el adulterio”, explica Paula Viale, asesora de Musa. “Es decir la madre –agrega la diputada–, que es la que seguro sabe con quién tuvo el hijo, no puede decir que no es hijo de su marido. El único que está legitimado para hacer esto es el marido. Y el hijo puede impugnar a partir de los 14 años.”
Con el nuevo proyecto, no sólo la mujer podría impugnar sino también el padre biológico. Algo fundamental, por ejemplo, en el caso de aquellas que no se divorciaron pero ya tienen otra pareja. “Es transparentar lo que realmente pasa y dejar que la verdad biológica surja porque es la verdad de la vida del chico”, dice Musa. Algo muy importante también para los casos, comunes aún hoy, sobre todo en el interior del país, en que chicos son criados por sus abuelas o tías ocultando una supuesta “vergüenza” familiar.
En resumen, el proyecto intenta mirar la cuestión de la filiación desde otro lado: se le cree a la mujer, salvo prueba contraria. Como dice la diputada: “la mujer casi se convierte en árbitro de este derecho, porque nunca va a ser obligada a decir quién es el padre. Ella va a tener la llave y va a ser la protagonista de poder dotar a su hijo de una identidad completa”.
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