Sáb 26.12.2009
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OPINIóN

El patrimonio y sus instituciones

› Por Facundo De Almeida *

Hasta hace poco la preservación del patrimonio arquitectónico era un tema que se limitaba en Buenos Aires a congresos y simposios de expertos, escritorios (y en el peor de los casos, cajones) de empleados y funcionarios del tercero y cuarto nivel de la administración, medios especializados, y al reclamo de algún que otro vecino o grupo de vecinos que ante la demolición de un edificio valioso hacía escuchar su voz.

En este mismo suplemento nos hemos referido a la acción de legisladores, de la Justicia, la prensa y la creciente participación vecinal que ha logrado colocar el tema en la agenda política porteña. Entre los arquitectos, ya no sólo los patrimonialistas se ocupan del tema, sino que sus colegas detractores también han comenzado a preocuparse por el patrimonio. Tal vez porque a medida que pasa el tiempo les resulta más difícil demoler edificios valiosos y sobre todo que ese acto ilegal pase desapercibido.

Es fácil encontrar la explicación si analizamos la evolución de la normativa de protección patrimonial en los últimos años, pero sobre todo si tenemos en cuenta que se ha avanzado sustancialmente en la institucionalización de la preservación arquitectónica.

La creación en diciembre de 2005 de la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico de la Legislatura porteña fue un paso determinante que le otorgó presencia y densidad al tema en el ámbito legislativo, y se materializó en las numerosas leyes que se votaron en estos cuatro años y sobre todo al cambio profundo que significó la “inversión de la carga de la prueba” en el sistema de protección preventiva creado por las leyes 2548 y 3056. A partir de estas normas se presumen valiosos todos los edificios construidos antes de 1942 hasta que no se demuestre lo contrario.

La actuación del Poder Judicial de la ciudad, aplicando la Constitución, Ley 1227 de Protección del Patrimonio Cultural, incluso antes de ser reglamentada (medida que luego exigió al Poder Ejecutivo), y el Código de Planeamiento Urbano –que a pesar de lo que pretenden muchos demoledores no es una ley superior a otras– fueron sólo el comienzo de una serie de medidas judiciales que reconocieron y le dieron entidad a ese derecho colectivo que es la preservación de nuestra historia construida.

Los jueces también admitieron y respaldaron otro cambio institucional que provocó una decisiva modificación en la forma de proteger. Reconocieron que la existencia de un proyecto de catalogación en trámite implicaba la protección preventiva del inmueble, algo que antes estaba –por mandato de los usos y costumbres– sujeto a una resolución que podía dictar o no el subsecretario de Planeamiento Urbano de turno.

Las leyes 2548 y 3056 dieron otra envergadura al Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, que otrora se limitada a tener voz pero no voto en cuestiones patrimoniales. Sus dictámenes, ahora, son vinculantes y definen si un edificio anterior a 1942 se demuele o por el contrario si se inicia el procedimiento de catalogación.

El Ejecutivo tampoco estuvo ajeno a estos cambios. Cuando los alumnos y ex alumnos del Colegio La Salle colocaron en el centro del debate público un proyecto de ley que la diputada Teresa de Anchorena había presentado meses antes para preservar el inmueble y el tema llegó a la tapa de los diarios y a los títulos de los noticieros de radio y televisión, provocaron que el propio jefe de Gobierno se ocupara del tema e instara a su bloque parlamentario para que la Legislatura se reuniera en época de receso veraniego y votara por unanimidad la protección del edificio.

La ley 1227 luego de su reglamentación ubicó en otro lugar al Ministerio de Cultura, organismo de aplicación de la norma, que comenzó a tener intervención en temas patrimoniales antes vedados, no por la Constitución ni las leyes, pero sí en la práctica. Tomaron a su cargo, a través de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, la negociación exitosa para preservar el Teatro El Picadero, y elaboraron el proyecto de ley creando el régimen de sanciones de la Ley 1227, que según anunció recientemente el titular de Cultura tomará estado parlamentario en los próximos días. El Ministerio de Desarrollo Urbano subió a Internet la base de datos de edificios protegidos, información que permite al instante saber si un inmueble está o no catalogado.

Las sustanciales modificaciones producidas no fueron exclusivas de los tres poderes del Estado porteño. La defensora del Pueblo de la Ciudad, Dra. Alicia Pierini, a principios de 2009 y luego de revalidar su mandato al frente de organismo, encomendó al defensor del Pueblo Adjunto Gerardo Gómez Coronado asumir entre sus atribuciones todos aquellos temas que tuvieran que ver con la identidad de los barrios y el patrimonio arquitectónico. La voz de la Defensoría se ha escuchado en estos meses a través de certeros pedidos de informes y resoluciones y a través de la presencia en audiencias públicas y reuniones vinculadas con el tema.

Falta mucho por hacer, pero vemos que poco a poco las instituciones locales van asumiendo sus responsabilidades y que se encuentran cada vez más controladas por una creciente participación y organización vecinal, que sin duda adquirirá otra dimensión luego de las elecciones de las autoridades de las comunas el año próximo.

Licenciado en Relaciones Internacionales.
Magister en Gestión Cultural por la Universidad del Alcalá de Henares.

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