Sáb 03.03.2012
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Participación ciudadana

› Por Facundo de Almeida

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, mucho más progresista que la nacional, incluso que la versión reformada de 1994, prevé varios mecanismos de participación ciudadana y de ejercicio semidirecto de la democracia. La tradicional forma de participación, el voto, es sólo una de las instancias previstas. También existe la administración descentralizada y la intervención vecinal a través de las comunas, el acceso a la información pública, el reclamo de derechos a través del recurso de amparo gratuito, entre otras.

Una de las formas más destacadas de participación son las audiencias públicas, en particular las que está obligada a convocar la Legislatura cuando tiene en tratamiento una ley de “doble lectura”. Estas leyes son aquellas que la propia Constitución indica que deben ser tratadas en las comisiones del Parlamento local, luego aprobadas por el plenario del cuerpo por la mitad más uno o los dos tercios de los votos de los diputados, según el tema. Posteriormente, ser puestas a consideración de los ciudadanos en una audiencia pública y, finalmente, después de pasar nuevamente por las comisiones asesoras, ser sancionadas en “segunda lectura”, nuevamente, por una mayoría especial.

Las leyes vinculadas con la protección –o desprotección– del patrimonio tienen que seguir este procedimiento, con lo cual la audiencia pública es una instancia privilegiada para que los ciudadanos puedan hacer escuchar su voz sobre qué debe preservarse y qué no. Esto es fundamental, en tiempos en que el concepto de patrimonio se ha ampliado y los ciudadanos hacen escuchar su voz, les guste o no a algunos arquitectos que pretenden seguir tratando el tema cual si fuera el secreto de la alquimia reservado a unos elegidos.

La audiencia pública también es la oportunidad para que los propietarios de los inmuebles –en caso de oponerse a la protección del bien– puedan presentar sus razones en contra de esas leyes. Es la forma legal y democrática de hacerlo, contrariamente a lo que muchos nos tienen acostumbrados, demoliendo sin permiso y en forma ilegal las propiedades los fines de semana, por la noche o los feriados, y a veces días hábiles a plena luz del día, amparándose en la desidia o complicidad de los funcionarios que deberían controlar.

Esta semana se trataron en audiencia pública importantísimos proyectos de ley, como la modificación del Código de Planeamiento Urbano, que hasta el momento otorga un 25 por ciento adicional de FOT a los edificios de viviendas a construirse en el polígono de las parcelas frentistas a la avenida San Juan, las parcelas frentistas en Directorio, el eje de Olivera, las parcelas frentistas a Juan Bautista Alberdi, el eje de la General Paz, el Riachuelo, el eje de Don Pedro de Mendoza y el eje de Ingeniero Huergo. El proyecto en tratamiento suprime el adicional en el polígono delimitado por las parcelas frentistas a San Juan, el Riachuelo, el eje de la Avenida Entre Ríos y el de Vélez Sársfield. Es decir, el área Sudeste del polígono inicial. Una buena medida, ya que ese porcentaje extra ha ocasionado que en muchas zonas de casas bajas se construya con una altura reservada para las grandes avenidas.

También se debatió la ley de transferencia de la capacidad constructiva, que pretende compensar económicamente a los propietarios de inmuebles catalogados, como así también temas más corrientes como catalogación de edificios de valor patrimonial.

Las convocatorias a las audiencias públicas se anuncian en los diarios y también pueden consultarse en el sitio web de la Legislatura porteña (http://www.legislatura.gov.ar/au diencias.php).

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