Sáb 19.06.2004
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La destrucción del Colegio San José

Por Marcelo Magadán *

Tal vez por aquello de que la historia tiene ciclos, la destrucción del Colegio San José, en la manzana de Bartolomé Mitre, Azcuénaga, Perón y Larrea, volvió a ser noticia. Es a tres años de que el tema fuera anticipado en un medio mucho más limitado, una lista de correo electrónico. Ocurrió entonces que Antonio E. Brailovsky, defensor adjunto del Pueblo de la Ciudad, tomó el tema iniciando una investigación. Mientras la demolición de las fachadas continuaba, la Defensoría avanzó con el caso. Los trámites comenzaron en los primeros días de 2001 y al cabo de casi dos años de trabajo, la acción de la Defensoría develó los intrincados senderos por los que transcurre la gestión del patrimonio arquitectónico nacional y local. Digo esto pensando en un edificio único, protegido con una declaratoria de Monumento Histórico Nacional (MHN) y otra de Area de Protección Histórica (APH).
Ante la Defensoría, Sergio Hernández, apoderado de la Congregación de Padres Bayoneses, propietaria del edificio, informó que “no se está efectuando ni excavación ni estacionamiento alguno sino que están adecuando el edificio” y dijo que esas “acciones fueron autorizadas por la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos y por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.
Y su razón tenía, ya que la Comisión informó que había autorizado “la construcción de dos subsuelos de estacionamiento, locales comerciales y oficinas” cuyo objetivo era “restaurar la envolvente arquitectónica y poner en valor el conjunto edilicio”. Proponía al mismo tiempo trabajar en forma conjunta “para asegurar que sean salvaguardados los valores del monumento”. El argumento empleado fue el de la conveniencia de “apoyar” una gestión que iba a permitir “recuperar, en forma urgente, la autosustentabilidad del monumento histórico”.
Por su parte, la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística (Dgpiu) porteña, responsable del control de las APH, había visado los planos para la construcción de un “Garaje comercial” y “Locales comerciales”. Para ello se había basado en un dictamen del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, integrado por representantes de instituciones como la FADU, la SCA, el CPAU, la Delegación Nacional del Icomos y la propia Comisión de Monumentos.
Como fundamento el CAAP insistió “en la perentoria necesidad de disponer una urgente salida a la difícil situación económica y financiera del Colegio”. En el dictamen sus miembros recomendaban que: “La única obra admitida sobre su nivel PB hacia el exterior será la conformación de eventuales locales que respeten los ritmos ornamentales y estructurales del proyecto original”. Lo que derivó en un resultado poco feliz y altamente dañino para un edificio catalogado con Nivel de Protección Integral para la Iglesia y de Protección Cautelar (Grados de Intervención 1 y 2) para el colegio.
Recordemos que el Código de Planeamiento Urbano establece que la Protección Cautelar se aplica a “edificios cuyo valor reconocido es el de constituir la referencia formal y cultural del área, justificar y dar sentido al conjunto. Protege la imagen característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la morfología”. Respecto de las obras admitidas aclara que estarán dirigidas a “restituir las condiciones originales del edificio”, no permitiendo “modificaciones en el volumen de la edificación, superficie construida, entrepisos, entresuelos existentes ni la ocupación de patios interiores con construcciones”, cosa que sí ocurrió en el San José. Un dato significativo: En sus dictámenes, el CAAP primero y la Dgpiu después basaron su decisión en el hecho de que el proyecto contaba con la aprobación de la Comisión de Monumentos. ¿Qué hizo entonces la Defensoría en su dictamen? Primero estableció que edificios como éste “son patrimonios culturales cuya preservación debe ser garantizada cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, tal como lo establece el artículo 32 de la Constitución de Ciudad de Buenos Aires”. Y agrega que se trata de “una institución educativa más que centenaria cuya tradición constituye también un importante patrimonio cultural y de la Ciudad de Buenos Aires que no debe desaparecer”.
Inmediatamente da un paso atrás y basándose en el argumento de “las dificultades económicas” expresa que entonces “es necesario aceptar la búsqueda de iniciativas que, sin desnaturalizar el carácter de la construcción ni su valor arquitectónico, permitan aliviar el mantenimiento del edificio y el funcionamiento del colegio”. Sin advertir que la obra en cuestión implicaba la destrucción del edificio, la Defensoría terminaba el dictamen diciendo que era suficiente con que se respetaran “los lineamientos señalados por los organismos abocados al tema de preservación histórica de edificios”, adhiriendo a lo autorizado por la Comisión de Monumentos y la Dgpiu.
Para entonces la Congregación de los Bayoneses y las autoridades habían quedados atrapados en la trampa de la remodelación como única salida a la crisis, dejando de lado otras alternativas, que incluían un subsidio ofrecido por el Arzobispado local. Fue así que, en un marco de absoluta legalidad, se generó, por un lado, y permitió, por otro, la destrucción de un conjunto único en la ciudad de Buenos Aires. Un hecho que pone nuevamente sobre el tapete la necesidad de abrir un debate profundo en torno de las características de la gestión y el manejo de nuestro vapuleado patrimonio cultural.

Arquitecto, especialista en restauración arquitectónica.

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