SANTA FE › BRUSA Y MARCELLINI IRAN A JUICIO ORAL EN LA CAUSA POR TERRORISMO DE ESTADO
La defensa del ex juez Brusa y del ex coronel Marcellini intentó frenar el juicio. No lo logró, pero en el fallo del Tribunal Oral quedó excluida como querellante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que ahora no podrá participar.
› Por Juan Carlos Tizziani
El Tribunal Oral de Santa Fe integrado por los conjueces Andrea Alberto de Creus, Martín Gutiérrez y Carlos Renna rechazó un intento de la defensa del ex juez federal Víctor Brusa y del ex jefe del Destacamento de Inteligencia Militar 122, coronel Domingo Manuel Marcellini, para frenar el juicio oral y público que los sentará en el banquillo en pocos meses junto a otros cinco represores, pero excluyó como parte querellante en la causa a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que ahora no podrá participar en el debate oral y lo tendrá que mirar desde afuera. El fallo fue dividido. Los tres vocales coincidieron en rechazar la mayoría de los reclamos del defensor oficial Juan de Dios Moscoso a cargo de la defensa técnica de Brusa y Marcellini, contra la resolución del ex conjuez Leandro Corti que elevó la causa a juicio oral y público el 22 de enero último, por considerarla "arbitraria". Pero discreparon en uno de los planteos: la doctora Creus y su colega Gutiérrez votaron por apartar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación como querellante en el proceso porque no se constituyó como tal "en tiempo y forma" como lo sostuvo el defensor de Brusa y compañía mientras que el doctor Renna se opuso con un dictamen en minoría.
El entuerto que dejó al Estado nacional representado por el secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde fuera del juicio a los represores en Santa Fe hay que rastrearlo en la resolución de la Cámara Federal de Rosario que apartó de la causa al juez federal Nº 1, Reinaldo Rodríguez, en marzo del año pasado.
El fallo obligó al conjuez Corti que siguió la investigación después de una cadena de excusaciones y recusaciones de conjueces a declarar "la nulidad de todo lo actuado" por el doctor Rodríguez durante más de un año, entre el 5 de abril de 2006 hasta el 20 de marzo de 2007.
Precisamente, una de las medidas anuladas fue la constitución de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación como querellante. La defensa de Brusa se había opuesto a la intervención del Estado en el proceso y el incidente estaba pendiente y sin resolver cuando el doctor Corti elevó el expediente a juicio oral, el 22 de enero. Es más: en el momento que el conjuez corrió vista a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, ésta aceptó la decisión de pasar a la etapa del debate oral, cuando a criterio del Tribunal Oral y así lo dice en su sentencia debería haberse opuesto y pedido que se rechace el planteo de Brusa que se oponía a que actuara como querellante. Una pifia que ahora se le volvió en contra.
En un fallo de 23 páginas al que tuvo acceso Rosario/12, el Tribunal Oral recordó "un principio incontrovertible" en el proceso penal. "Las cuestiones referidas a la constitución y participación definitiva de los sujetos del proceso, deben desarrollarse durante la instrucción y quedar definidos en la etapa intermedia, es decir, antes de la elevación a juicio", dice el voto de mayoría (CreusGutiérrez). Y cita el artículo 90 del Código Procesal Penal de la Nación: 'La constitución en parte querellante (...) podrá tener lugar en cualquier estado del proceso hasta la clausura de la instrucción. Pasada dicha oportunidad, la constitución será rechazada sin más trámite...'.
"Queda claro agregó que la propia Secretaría de Derechos Humanos de la Nación debió instar a su propia constitución definitiva (como querellante), oponerse a la elevación a juicio (que resolvió el conjuez Corti) y solicitar las diligencias que faltaban, como la resolución del incidente de oposición deducida por la defensa de Brusa y Marcellini. Su omisión en este sentido le acarrea ahora su exclusión (del juicio oral) sin que pueda retrotraerse el proceso a etapas anteriores". Porque "resultaría un daño inmenso volver a la instrucción sólo porque uno de tantos querellantes no ha hecho respetar en su propio interés uno del los principios básicos del proceso", apuntó.
A criterio de Creus y Gutiérrez, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación tendría que haber advertido la situación y "arbitrar los medios" para no quedar al margen del juicio. "Por el contrario, consistió todos los actos que ahora le resultan adversos".
Incluso, el propio fiscal general subrogante Gonzalo Armas admitió la existencia de un "entuerto procesal" (sic) dice el voto de Creus y Gutiérrez pero lo que "no puede aceptarse de su proposición es que la defensa consistiera la participación de la Secretaría de Derechos Humanos como querellante al no recurrir el decreto que ordenaba los traslados" de la causa, cuando "existe una oportunidad expresamente prevista para hacerlo, como en definitiva lo hizo el doctor Moscoso en ejercicio de la defensa de Brusa y Marcellini". Otro palo para la Secretaría de Derechos Humanos.
"Por lo expuesto, reiteramos que la consecuencia jurídica de la falta de resolución sobre la constitución definitiva del querellante en cuestión, no puede implicar sino exclusivamente su apartamiento del proceso como tal". Y así lo resolvió el Tribunal Oral
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