SANTA FE › BINNER FIRMó EL DECRETO DE ACCESO A LA INFORMACIóN PúBLICA
La norma tiene alcance al Poder Ejecutivo y las empresas del Estado. En el acto de presentación, el gobernador consideró importante que "también salga la ley en la Legislatura". No hará falta argumentar interés legítimo para solicitarla.
Con una exhortación a que "también salga la ley en la Legislatura", el gobernador Hermes Binner anunció ayer el decreto de acceso a la información pública. "Estamos muy contentos de sancionarlo porque mejora la democracia. Estamos convencidos de que se puede ser transparentes", agregó el mandatario. El ministro de Justicia, Héctor Superti, precisó que la norma tiene alcance limitado al Poder Ejecutivo y las empresas del Estado. "El decreto que estamos presentando supone una mejora sustancial de la calidad institucional", indicó, y subrayó que el trámite será "gratuito y sencillo, ante la Dirección Anticorrupción".
Uno de los puntos que subrayó el funcionario es que la sola categoría de ciudadano habilita a iniciar el trámite, para el que no se deberá invocar interés legítimo, "como promovió el PJ en el Senado" durante del debate en torno a una ley que nunca pudo sancionarse. "El responsable del área indagada sólo podrá negarse si afecta el interés público o la privacidad de terceros", afirmó.
El decreto 692, firmado por todo el gabinete provincial, establece que la autoridad de aplicación y recepción de solicitudes de acceso a la información será la Dirección Provincial de Anticorrupción y Transparencia del Sector Público. La nueva regulación prevé que cualquier persona física o jurídica, pública o privada, puede acceder a la información pública producida o en poder del Poder Ejecutivo provincial, y toma como principio el de la publicidad de la información. El acceso a la información pública es considerado como una instancia de participación ciudadana, estableciendo la obligación del Ejecutivo de proveer información completa, adecuada, oportuna y veraz. El decreto indica que el acceso a la información es gratuito, con excepción de los costos de reproducción.
Por otra parte, los sujetos obligados a brindar información deben ordenarla y sistematizarla a los fines de permitir un fácil y rápido acceso. Y deben evacuar el pedido de acceso a la información en un plazo no mayor de 20 días.
El decreto incluye un capítulo referido a la "transparencia activa", lo que implica establecer un estándar mínimo obligatorio de información que debe estar publicada en la página web de la provincia y por lo tanto de acceso libre e inmediato. Y también se refiere a la "máxima información", que establece la obligación de publicar la mayor cantidad de datos de acceso inmediato.
Binner no se privó de mandar una señal a la Legislatura. "Si en algún momento podemos avanzar en constituir y trasformar este decreto en una ley, también sería una señal muy importante para consolidar la democracia que tanto nos costó recuperar", indicó el gobernador.
Por su parte, Superti destacó que "el gobierno quiere que la transparencia y la publicidad de los actos de gobierno sean un signo de esta gestión", dijo el ministro.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux