SANTA FE › UNA INDAGATORIA QUE NO FUE EN LA CAUSA DEL PUERTO DE SANTA FE
Vorobiof logró esquivar la indagatoria en la causa que investiga su gestión en el puerto de Santa Fe. El juez lo llamó a declarar, pero sobre la hora suspendió la audiencia. "Una situación bastante insólita", dijo el fiscal que lleva la imputación.
› Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
El juez Jorge Pegassano (Instrucción 1ª) tenía previsto indagar ayer, a las 9, al presidente del Ente Administrador del Puerto de Santa Fe, Marcelo Vorobiof, pero un rato antes suspendió la audiencia ante un planteo del abogado defensor, Roberto Busser, quien impugnó el decreto de convocatoria por considerar que "violaba el derecho de defensa" de su cliente. Vorobiof ni siquiera se asomó por Tribunales, por lo que quedó a la vista que ya sabía el resultado del operativo. El fiscal Nº 7 Jorge Andrés definió la situación como "bastante insólita" y hasta se permitió rebatir a Busser con un argumento del propio Busser -que éste enseña en uno de sus libros- al considerar que el llamado a indagatoria "es intangible (sic) pues proviene de una apreciación discrecional del juez que dispone a favor del imputado, al que le da el derecho de audiencia". "La pretensión de la defensa debe ser rechazada por inadmisible", dictaminó el fiscal. Pero Pegassano ya había suspendido la indagatoria de Vorobiof, así que ahora deberá fijar una nueva fecha -que podría ser la semana que viene- o mandar el incidente a la Cámara de Apelaciones.
Busser ya había logrado frenar el arranque de la causa casi un año con el argumento de que Vorobiof no podía ser investigado porque "no era funcionario público", que fue rebatido por la Cámara, recién a fines de junio. Pero ahora, cuando Pegassano dispuso producir las pruebas que el fiscal le había pedido en setiembre del año pasado y llamó a indagatoria a Vorobiof, Busser interpuso un recurso de revocatoria y apelación y el juez suspendió el acto.
El escrito de la defensa se presentó el miércoles, el juez le corrió traslado al fiscal el jueves a última hora y éste respondió la vista el viernes, a primera hora. Como la indagatoria era a las 9, Pegassano la suspendió. Así, que ahora tendrá que resolver si convoca a Vorobiof a una nueva indagatoria o deberá intervenir otra vez la Cámara de Apelaciones. Y si esto sucede, sería la tercera intervención del tribunal, que ya resolvió un conflicto de competencia cuando Pegassano intentó desligarse de la causa; después, ordenó abrir la investigación y ahora debería decidir si Vorobiof puede ser indagado o no. "Una situación bastante insólita", la calificó el doctor Andrés.
En su dictamen, el fiscal sostuvo que el decreto de Pegassano que había ordenado la indagatoria de Vorobiof era irrecurrible. "El proveído no es susceptible de recursos" por lo tanto, "la pretensión de la defensa debe ser rechazada por inadmisible", agregó.
El llamado a indagatoria se justifica "cuando hubiera motivos bastantes para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un hecho punible", dijo Andres al citar el artículo 316 del Código Procesal. "Esto significa que el magistrado ha considerado que la prueba aportada hasta ahora, ha reunido estos requisitos y con ello nace su decisión de fijar la audiencia para realizar la imputación".
"Esto en modo alguno puede violentar el derecho de la defensa, toda vez que nunca se retaceó información que impida ejercer ese derecho". El abogado de Vorobiof "ha tenido una activa participación en la producción de la prueba, asistió a las audiencias con los testigos y tiene en su poder la documental entregada al tribunal", explicó.
"Por otro lado, recibir una declaración indagatoria no importa estancar el proceso, que continúa con la dinámica de producción de pruebas característica de esta etapa". Y después, en cualquier momento, "puede ampliar su declaración conforme el nuevo material probatoria que se vaya colectando".
Busser impugnó el decreto de Pegassano que ordenaba la indagatoria de Vorobiof con un recurso de revocatoria y apelación en subsidio ante la Cámara. El fiscal dijo que el decreto del juez es irrecurrible. Y mencionó lo que enseña el propio Busser en uno de sus libros: "La orden se imparte por decreto" y "la decisión es intangible pues proviene de una apreciación discrecional del magistrado y dispone a favor del imputado por la que le da el derecho de audiencia".
Por lo tanto, la indagatoria de Vorobiof "no ocasiona un gravamen irreparable que habilite" el recurso ante la Cámara Penal, concluyó el fiscal.
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