SANTA FE › FALLO DE LA CORTE SUPREMA NACIONAL
Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación puso fin a la disputa entre los corredores y los martilleros en torno a la administración del negocio inmobiliario. La sentencia dispone que solamente las inmobiliarias matriculadas en el Colegio de Corredores Inmobiliarios, pueden operar en el mercado.
El ministro de Justicia de Santa Fe, Juan Lewis, dijo que "se pone fin al abuso y confusión que indebida e ilegalmente generó el colegio que nuclea a los rematadores públicos. Si actúan en la intermediación de bienes raíces deberán matricularse en el Colegio de Corredores Inmobiliarios".
"La sentencia sienta jurisprudencia y repercute directamente sobre todo Santa Fe", afirmó Javier Grandinetti, presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la provincia de santa Fe sede Rosario. "Nos vuelven a dar la razón y ya no quedan más instancias a las que apelar, creo que sirve para terminar de sacarles la duda a los que todavía resistían a la aplicación de la ley", agregó.
El Ministerio había rechazado por improcedente la modificación del Estatuto del Colegio de Martilleros que las autoridades de entonces habían dispuesto mediante asambleas extraordinarias. A través de dichas convocatorias los matriculados concurrentes modificaron ilegalmente la denominación de la entidad la que pasaron a identificar como "Colegio de Martilleros y Corredores Públicos".
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