SANTA FE › INCORPORACION DE LA FIGURA DEL "QUERELLANTE"
La abogada del CTA y de la causa por el crimen de Sandra Cabrera,
María Eugenia Caggiano destacó que el cambio del Código Procesal
Penal permitirá ejercer un mejor control sobre la justicia.
La semana pasada el gobernador Jorge Obeid recibió el proyecto de reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe -elaborado por una comisión en el marco del Plan Estratégico Provincial para la reforma de la Justicia- a los fines de enviarlo a la Legislatura antes de finalizado el período ordinario de sesiones. Entre las reformas propuestas se incluye la creación de la figura del "querellante", que le otorgará un rol más activo a las víctimas de delitos en la instrucción de las causas y en el seguimiento de las investigaciones. Dicha modificación fue solicitada en su momento por la abogada María Eugenia Caggiano, a partir de la causa por el asesinato de la dirigente meretriz Sandra Cabrera en enero de 2004.
"La falta de control por parte de las víctimas y otros damnificados no trae aparejada otra cosa más que impunidad", señaló la abogada del CTA.
-¿Qué opinión le merece esta modificación al Código Procesal Penal?
-El fallo que recientemente dictó la Corte Suprema de la Nación anulando la condena de Fraticelli y su esposa implicó un severo cachetazo a las vetustas estructuras de nuestro sistema de enjuiciamiento y a la soberbia con que se desenvuelven sus administradores. No caben dudas que esta resolución terminó por desnudar la urgencia del cambio y seguramente, dentro de unos años, será leída como un acelerador de la transformación que requiere en el sistema penal santafesino. Pero que en modo alguno podrá sostenerse que esa transformación fue producto de la voluntad del poder político. De lo contario, ¿cómo se explica que desde hace más de una década no se ha tratado ninguno de los proyectos presentados en la Legislatura para modificar la legislación penal de esta provincia?
-¿Cuál podría ser el aporte al cambio de este proyecto?
-Si estos magistrados han entendido a través de sus resoluciones que el proceso penal santafesino no es pasible de reproches constitucionales y que, consecuentemente, no resultaba oportuno ni necesario cambio alguno. Así como hay razones objetivas para dudar de la imparcialidad de un juzgador que intervino en la investigación de un hecho, hay también razones objetivas para dudar de la voluntad de cambio en quienes siempre negaron su necesidad. Resulta claro que la mejor ley -incluso la Constitución- puede desvirtuarse por librar su aplicación a operadores que no estén comprometidos con ella. Por lo tanto, es ineludible que esta instancia de discusión reformista contemple también la forma en que se eligen y remueven los jueces en nuestra provincia. Es evidente que desde 1994 este tópico se ubica entre las principales preocupaciones a nivel nacional, así como también en otras provincias embarcadas en la transformación de sus sistemas de administración de justicia. De allí la inclusión en la reforma de la Constitución Nacional de institutos como el Consejo de la Magistratura y el análisis obligado de la cuestión en todos los procesos de reforma judicial nacionales y provinciales. Curiosamente, este tema no parece desvelar a los reformistas santafesinos. En efecto, el Plan Estratégico de Reforma de la Justicia impulsado y dirigido por el Ejecutivo Provincial y la Corte de Santa Fe, ha obviado entre sus objetivos el estudio de una materia tan central. Se puede aventurar que esta indiferencia no se debió al olvido ya que, por un lado, los mecanismos de selección y remoción de jueces son cuestiones teóricamente ineludibles en el diseño de un sistema de administración de justicia.
-¿Qué expectativas genera la prórroga dictada por la Sala I de la Cámara Penal hasta el 14 de junio próximo en la investigación del homicidio de Cabrera?
-La prórroga de la instrucción si bien técnicmante es lo que corresponde, genera a todos quienes trabajamos por saber quién/es mataron a Sandra Cabrera la ilusión de que en ese tiempo puedan aparecer elementos que contribuyan para encontrar esa verdad que tanto nos hace falta. Lo cierto es que hay muchas cuestiones que, en el marco de "lo que hay" -norma, criterio de valoración de la prueba por parte de los operadores judiciales, la falta de garantías en torno a quienes aporten datos relevantes, la falta de voluntad política, antecedentes en causas similares, etc.- reducen, muy a nuestro pesar, los márgenes de esa expectativa.
-¿Qué implicancias tiene para la causa?
-El único imputado dentro de la causa Cabrera es Diego Pavlukzyk. Si bien se resolvió su desprocesamiento por falta de mérito y el cese de su prisión preventiva, la prórroga de la instrucción significa -en términos generales- que aún no está resuelta en forma definitiva su responsabilidad o visto desde otro ángulo, su no responsabilidad en el asesinato. Quedará a cargo de la Fiscalía, como del resto de los operadores judiciales -investigadores, juez, etc.- profundizar la investigación a fin de que la prórroga de la instrucción permita cambiar esta sensación y estado de impunidad.
Informe: Paula Kearney
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