Mié 01.11.2006
rosario

SANTA FE

La primera mujer inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios

Es una rosarina que vive en España que incumplió el pago de
los alimentos para su hija de 9 años, cuya tenencia ostenta
el padre en Rosario. Aún no había ninguna madre registrada.

Una rosarina que reside actualmente en España, se convertirá en las próximas horas en la primera mujer del país en ser inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, por no aportar 300 pesos mensuales para la manutención de su hija de 9 años. La madre perdió la tenencia de la menor tras llevársela a Europa sin el aval de su ex pareja. De todos modos la resolución de la jueza de familia, Graciela Carciente tendrá un carácter simbólico ya que las sanciones contempladas en la reglamentación del Registro (imposibilidad de renovar el carne de conducir, habilitar un local, ser candidato o proveedor del Estado) se aplican a las personas que viven en la provincia de Santa Fe. "De todas formas es un pronunciamiento importante porque demuestra que a la hora de incumplir con las obligaciones de cuota alimentaria no hay diferencia de género", reflexionó Lionel Dvoretz, abogado del padre demandante.

El letrado patrocina a Cristian (31 años) que tuvo una hija con la mujer demandanda en diciembre de 1996, sin haberse casado. En febrero de 2002 se distanciaron y un día, de manera sorpresiva la mujer viajó a España con la menor, sin el aval del padre tras lo cual se inició una causa penal. Cristian estuvo nueve meses sin conocer el paradero de su pequeña hija. "Hicimos una pegatina por toda la ciudad, salimos en los medios de comunicación y no pasó nada", relató Dvoretz a Rosario/12.

El dato que permitió dar con la menor fue una tía de la madre que reside en la península ibérica. Asesorado por el Grupo de Autoayuda de Madres, Padres y Abuelos alejados de sus hijos y nietos (Gapadeshi), el papá viajó dos veces al viejo continente y el 1º de enero de 2004, logró -Interpol mediante- traer a la nena a la ciudad de Rosario.

"La mamá quedó procesada por impedimento de contacto y también por falsificación de documento", precisó el abogado en declaraciones a Radio Dos. "Tras el reintegro de la menor -continuó- se inició el expediente de tenencia, se estableció que el papá se haga cargo de la guarda y se le da a la mamá un régimen de visitas". La mujer, que reside actualmente en España, tuvo recientemente un hijo fruto de otra relación de pareja.

En septiembre de 2004, Cristian, un técnico electricista que supo tener a su cargo algunos bares, fue fletero y actualmente maneja una pilchería con su nueva pareja, inició una demanda por alimentos. "La Justicia fijó una cuota provisoria de 300 pesos porque en la audiencia no hubo acuerdo. Desde que se conoció la sentencia, en marzo de 2005, sólo pago algunas cuotas aisladas y tuvo once incumplimientos".

Según Dvoretz, la mujer "tiene recursos, viajó a la Argentina desde España al menos una media docena de oportunidades y una vez se alojó en un hotel marplatense cuya habitación costaba, precisamente 300 pesos".

Ayer, el letrado fue notificado sobre la decisión de la jueza Carciente de inscribir a la mujer en el Registro de Deudores Alimentarios. Desde que entró en vigencia la norma, en julio pasado, hay un sólo padre inscripto, según confiaron a este diario fuentes de los Tribunales rosarinos. "Por lo que pudimos averiguar es el primer caso en el país de una mujer que es anotada en un Registro de este tipo", aseveró Dvoretz.

De acuerdo a la Ley 11.945, que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en Santa Fe, sancionada el 1º de noviembre de 2001 y reglamentada el 15 de junio pasado, serán inscriptos en la nómina los padres que incumplan tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos.

Entre las sanciones contempladas aparece la imposibilidad de tramitar habilitaciones, concesiones, licencias o permisos. Los inscriptos en el Registro no podrán ser designados magistrados y funcionarios. Tampoco podrán ser proveedores y contratistas de los organismos gubernamentales. No se les permitirá ser adjudicatario de viviendas sociales construidas por la provincia. El Tribunal electoral no oficializará ningún candidato para cualquier categoría electoral provincial, municipal o comunal que se encuentre inscripto en el Registro. Las bajas de dispondrán cuando se acredite al pago de la deuda alimentaria o a pedido de quien hubiere requerido la inscripción.

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