Mié 02.05.2007
rosario

SANTA FE

Oscuras sombras pueden volver a desfilar por los tribunales

Los querellantes de la causa Feced, que investiga violaciones
a los derechos humanos en Rosario, pidieron que se amplíe la
indagatoria a una docena de represores. Lo decide el juez.

› Por Alicia Simeoni

Los querellantes en las causas por las que se investigan las gravísimas violaciones a los derechos humanos cometidos durante la última dictadura militar, y sistematizadas en los expedientes que se conocen como Agustín Feced (causa 130/2004) y Enrique Jordana Testoni (381/2003); pidieron la ampliación de indagatoria a los represores que actuaron en el II Cuerpo de Ejército y que se los impute por el delito de genocidio. Si el juez subrogante Germán Sutter Schneider, a cargo del juzgado Federal Nº 4, da lugar a la petición volverán a desfilar las más fuertes figuras del secuestro, la tortura y la muerte en la región: Ramón Genaro Díaz Bessone, José Rubén Lofiego, Mario Marcote, Ramón Vergara, Ricardo Chomicki, Nilda Folch y José Carlos Scorteccini más Luciano Adolfo Jáuregui, Juan Daniel Amelong, Eduardo 'Tucu' Constanzo, Jorge Fariña, Pascual Guerrieri y Walter Salvador Pagano. La sentencia por la que se condenó a cadena perpetua al ex comisario Miguel Etchecolatz aporta un nuevo marco jurídico porque reconoce que entre 1976 y 1983 se produjo un genocidio en la Argentina. Estos pedidos son los primeros de imputación por genocidio a partir de la condena en La Plata del ex colaborador de Ramón Camps.

La abogada patrocinante de la organización Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales Gabriela Durruty recordó que desde que se pedía la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y de Punto Final "denunciamos el genocidio" pero después de la sentencia contra el comisario Miguel Etchecolatz, ex director de Investigaciones de la policía de Ramón Camps, "hay una nueva situación jurídica", opinó Durruty. Cuando se condenó a cadena perpetua a Etchecolatz, en septiembre del año pasado, se marcó un precedente que se convirtió a la vez en un respaldo, justamente el que "significa una sentencia judicial que determinó que en la Argentina ocurrió un genocidio ente 1976 y 1983", siguió la patrocinante de los pedidos de ampliación de indagatoria y de la imputación por genocidio.

También se tuvo en cuenta en ambas presentaciones la resolución de la Cámara de Apelaciones de Rosario cuando el 28 de marzo de 2007 reconoció que el accionar de los grupos represores no se compuso de hechos aislados. Más aún la Cámara dijo en ese momento que "...surge la permanencia en el tiempo del grupo y su accionar, reflejados por la prolongación del encierro de las víctimas en ese lugar y por las fechas de las detenciones irregulares".

Los querellantes en la causa Feced que pidieron la ampliación de indagatoria y la imputación por genocidio son Elida Luna, Marta Bertolino, Liliana Gómez, Azucena Solana y Eduardo Seminara y el actual concejal Juan Antonio Rivero y Ramón Verón en el expediente que se conoce con el apellido de quien fuera el director de la Fábrica de Armas Domingo Matheu, Jordana Testoni. Las presentaciones que patrocina Durruty cuentan con el respaldo de los integrantes del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la UNR "Dr. Juan Carlos Gardella", que componen entre otros los abogados Vildor Garavelli, Norberto Ferrari, Isabel Fernández Acevedo, Marta Felperín, María Aurelia Massino y Amilcar Monti.

La presentación de los querellantes en ambas causas tiene en cuenta la "nueva situación jurídica" de la que habla Durruty a partir de la sentencia del 19 de septiembre de 2006 del Tribunal Oral Nº 1 de La Plata en la causa encabezada por el ex comisario Miguel Etchecolatz que acreditó que los hechos ocurridos durante la última dictadura militar, durante la vigencia del terrorismo de Estado, constituyeron un genocidio y por eso se lo condenó a cadena perpetua. Es en esa causa en la que aportó un testimonio fundamental el trabajador de la construcción Jorge Julio López, desaparecido desde 7 meses atrás. Esa misma sentencia sostiene que los delitos que se le imputaron a Etchecolatz -privación ilegítima de la libertad, aplicación de tormentos y homicidio calificado- fueron cometidos con la intencionalidad de exterminar total o parcialmente a un grupo nacional. La Cámara Federal de Rosario en la resolución mencionada más arriba en el marco de la causa Feced hizo referencia a la distribución de funciones entre los miembros del grupo.

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