DEPORTES › ESTABA PROCESADO POR ROBO SIMPLE
La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, integrada por Ramón Teodoro Ríos, Juvencio Liberal Mestres y Guillermo Fierro, concedió la libertad a una persona que había protagonizado una "salidera" bancaria robándole a una señora 650 pesos. El imputado había sido procesado por "robo simple" y desde entonces estaba preso.
La defensa pidió la libertad de José Angel Medina y ahora la Sala se la otorga argumentando dos cosas: a) Los jueces camaristas valoraron particularmente el hecho de que el imputado le confesó a la policía dónde estaba el dinero robado, el que fue recuperado totalmente. b) el robo habría sido realizado sin el uso de armas y entonces el cotejo de la pena mínima prevista por el artículo 164 del C.P. (un mes de prisión) con el tiempo sobrellevado en prisión preventiva por el imputado puede poner en tela de juicio la proporcionalidad de la persistencia del encarcelamiento sin condena (art. 18 de la C.N.).
"La reparación así concretada tiene consecuencias favorables para el imputado de acuerdo a lo dispuesto en cuanto a la sustitución de la prisión preventiva por otro medio de coerción más benigna y en cuanto a la disminución de la eventual pena a aplicar a Medina en la hipótesis de ser condenado", señala el fallo de la Cámara.
Y agrega: "No es común que los victimarios o sus familiares acepten reparar el agravio ocasionado por el delito. Y también no deja de ser reconfortante el cabal cumplimiento de las normas éticas y funcionales por parte de los policías que intervinieran en el procedimiento, al reflejar en las actas el desarrollo integral de lo sucedido, circunstancia que deberá se evaluada por el aquo, en su caso, para ponerlo de relieve ante la superioridad".
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