CONTRATAPA
› Por Silvia Lilian Ferro*
La década del '60 del siglo pasado conlleva un profundo proceso de transformaciones sociales, políticas y culturales en el mundo y en particular en todo Occidente. Una de las revoluciones pacíficas más silenciosa, aunque más profunda y perdurable que cualquier otra fue la acción política y cultural de los movimientos de mujeres que alentados y visibilizados por el acceso masivo de mujeres de sectores medios a la Universidad y desde allí al Estado y a las instituciones van a cuestionar como falsa e interesada aquella dicotomía entre lo público y lo privado.
El paradigma liberal de las relaciones sociales implicaba trazar una frontera entre lo que acontece en el interior de las familias y todo aquello que sucede en el espacio público pasible de intervención estatal. Esta separación tajante tuvo implicancias muy negativas especialmente para las mujeres y niños/as, una suerte de impunidad consentida socialmente dejó libradas al arbitrio de las desiguales relaciones familiares las situaciones de violencia. La nefasta perdurabilidad de este orden de ideas, sostenida muchas veces por discursos religiosos y hasta jurídicos, se puede apreciar hasta el presente en la forma que se entienden como "privados" los problemas y delitos que acontecen en el ámbito hogareño, especialmente la violencia hacia las mujeres.
En Argentina, las demandas de intervención estatal en el problema de la violencia familiar y de género cobran fuerza en el proceso mismo de la recuperación democrática. A la democratización de la política se le sumaron las demandas del movimiento de mujeres por la democratización de las relaciones familiares. En la década de los '80 se sancionan en el Parlamento importantes leyes que equiparan en gran medida los derechos familiares de las mujeres y que intentan flexibilizar el modelo de matrimonio fuertemente patriarcal no sólo en lo que respecta a la relación entre cónyuges sino también los vínculos filiales de adultos hacia menores. Así, leyes como las de divorcio y patria potestad compartida, entre otras, que habían sido sancionadas en anteriores gobiernos justicialistas y derogadas en los recurrentes golpes de Estado, vuelven a someterse al debate público y obtienen sanción legislativa.
Sin embargo, el tratamiento de la violencia intrafamiliar y de género tuvo que esperar. La ley de cuotas, que obligaba a los partidos políticos a postular un mínimo de 30 por ciento de mujeres en sus listas, permitió que una masa crítica de legisladoras establecieran alianzas multipartidarias y así impulsaran el tratamiento legislativo de este importante problema.
En la provincia, la ley de violencia familiar se sancionó en 1995, no sin fuertes resistencias. La sociedad civil debió batallar duramente para obtener la reglamentación y por ende operatividad plena. Los argumentos dilatorios y de renuencia directa a implementarla en la mayoría de los casos siempre recaían en el carácter "privado" de la violencia doméstica. Muchos de los casos más resonantes porque lograron trascender al plano mediático tienen como factor común las quejas de las víctimas respecto a que cuando concurren a las comisarías se encuentran con disuasiones y renuencia de los funcionarios policiales a tomar las denuncias, que en muchos casos terminan siendo "constancias" de las agresiones padecidas por mujeres y también por niños y niñas.
La naturalización social de la violencia familiar exige respuestas multifacéticas, desde el acompañamiento a las víctimas para que intenten salir de la situación que padecen hasta su fortalecimiento en todo el transcurso de la intervención estatal, por ello la Ley Provincial dispone que el Juez competente pueda constituirlos ad hoc. La feminización de las profesiones que implican cuidados tanto físicos como psíquicos, tanto a nivel individual como social expone a muchas integrantes de estos equipos asistenciales a la misma violencia que las víctimas a las que asisten. Por ello, los mecanismos protectivos también deben extenderse a estos equipos como lo propone el Proyecto de Ley Nº 22.339.
Estos gabinetes profesionales especializados se tornan imprescindibles como herramienta de superación de las violencias intrafamiliares, especialmente de la física, que aparentemente es la única visualizada como reprobable desde lo "políticamente correcto", cuando en realidad la violencia familiar y de género está caracterizada por múltiples facetas como bien lo define la recientemente sancionada Ley Nacional Nº 26.485, que contempla no sólo la violencia física, sino también psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica y en las modalidades doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática. La diferencia conceptual entre violencia familiar y de género tiene que ver con los ámbitos donde las situaciones de desigualdad dan pie a episodios de violencia. En tanto, la violencia de género puede darse en el ámbito doméstico y público sin embargo, en la violencia familiar también se incluyen las relaciones abusivas de adultos/as hacia niños/as.
Pero en una provincia que cuenta con 48 ciudades y 365 comunas, cabe inferir que en aquellos enclaves urbanos pequeños la presencia del Estado se reduce a un Juzgado Comunal, servicios de atención médica, escuela y policía. Por lo general, las personas no cuentan con acceso a los ideales gabinetes multidisciplinares.
El vacío en común tanto en la ley nacional como la provincial es que los procedimientos son claros a partir de la judicialización del problema y se saltean el abordaje de los obstáculos del primer paso necesario, la denuncia en sede policial, para que el Estado ponga a funcionar ante estos casos su maquinaria de intervención.
Por ello se hace imperativo revisar todo el procedimiento desde que la víctima logra juntar el valor de denunciar la situación en la que vive y dar inicio a los mecanismos estatales y legales protectivos, así como insistir fuertemente en las herramientas preventivas, desnaturalizando la desigualdad y cosificación en las relaciones afectivas y familiares entre varones y mujeres como de adultos y niños/as que aparece como la justificación frecuente de este tipo de violencias.
La violencia familiar y de género es el problema de orden público de mayor envergadura en nuestra sociedad a juzgar por las mismas declaraciones provenientes del fuero judicial que dicen que la gran mayoría de las denuncias que llegan a los juzgados tienen su origen en situaciones encuadradas en esta tipología. Por ello amerita una fuerte inserción en la agenda de la intervención estatal en todos sus poderes.
Una de las herramientas necesarias es la capacitación en violencia de género en todos aquellos agentes estatales que están en la primera línea de recepción de éste problema, priorizando aquellas instancias estatales que son la única cara que tiene el Estado en las poblaciones mas pequeñas de la dilatada geografía santafesina. Otra es la sanción administrativa cuando no se permite o se obstruye la formalización de las denuncias en las comisarías.
*Master en Investigaciones Feministas por la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, especialista en Género y Políticas Públicas PRIGEPP FLACSO.
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