CIUDAD › TURNOS DE 15 DIAS ALTERNADOS PARA JUECES DE MENORES
Se lo sugirió a la Corte la Cámara de Apelaciones en lo Penal
de Rosario. Es porque hay dos juzgados de Menores vacantes y
un tercero que lo estará pronto. Ya hay voces que se oponen.
› Por Alicia Simeoni
La Corte Suprema de Justicia de la provincia ordenó "en forma excepcional" que los jueces de sentencia actúen en períodos alternados de 15 días cada uno en las causas que se presentan en el Juzgado de Menores Nº 1 que está vacante desde hace más de un año. La decisión obedece a una sugerencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario en relación con la situación de los juzgados de Menores, dos de los cuales están vacantes, y otro quedará en similar situación a partir del 1º de diciembre, cuando se retire el magistrado Juan Leandro Artigas. Desde la Defensoría del Pueblo de la provincia, a través del integrante del Centro de Atención a la Víctima Gustavo Lorenzo y también en los conceptos de dos miembros de la Coordinadora de Trabajo Carcelario, Lilian Echegoy y Antonio Tesolini la decisión violenta las normas nacionales e internacionales en protección de la niñez. "Nos parece una barbaridad, se intenta resolver con el Código Penal aquello sobre lo que deberían existir políticas públicas específicas", dijo la CTC mientras que Lorenzo señaló que se violan dos artículos de la ley nacional 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal resolvió a través del acuerdo 8/2007 sugerir a la Corte Suprema de Justicia que "mientras los sistemas constitucionales y legalmente previstos operen para lograr la cobertura de, al menos, una de las vacantes ya existentes" y luego la que se producirá en muy poco tiempo más con el retiro del magistrado Juan Leandro Artigas, a cargo del juzgado Nº 2, que se resuelva "como medida excepcional y de emergencia" que el titular del juzgado de Menores Nº 4, Juan José Carmona, supla solamente al número 3 ", que estaba a cargo del magistrado Jorge Alberto Cartelle, y que los juzgados número 1 y 2 se suplan a través de los jueces penal de sentencia de manera rotativa y por espacio de 15 días cada uno.
A partir de la elevación del acuerdo de la Cámara a la Corte, el máximo tribunal de la Justicia provincial hizo lugar de manera parcial al pedido y resolvió el 26 de febrero pasado que el juez Carmona cubra también el juzgado 3, y que el Nº 1 quede a cargo de los jueces en lo Penal de Sentencia de Rosario de manera rotativa. Además dispuso que la Cámara haga saber cómo se reemplazará a partir del 1º de diciembre el juzgado que todavía está a cargo de Juan Leandro Artigas.
Cuando los problemas de los chicos se plantean con la gravedad que se registra en el fuero específico, la contrapartida es la actitud laxa adoptada ante las que son situaciones conocidas y predecibles. Quien era juez Nº 1, Jorge Abel Zaldarriaga, se jubiló el 1º de octubre de 2006, el magistrado a cargo del Nº 3 Cartelle lo hizo el 1º de julio pasado y Artigas, del Nº 2, lo hará antes de fin de año. ¿Por qué, entonces, recurrir al 'salvataje' con la participación de los jueces de sentencia cuando hubo tiempo de resolverlo en otros términos?
Desde el Centro de Atención a la Víctima de la Defensoría del Pueblo de la provincia, el abogado Gustavo Lorenzo, y desde la Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC) Lilian Echegoy y Antonio Tesolini expresan justamente la preocupación por la decisión adoptada y que ya se aplica. Por otra parte tanto la Defensoría como la CTC participaron la semana pasado de la Comisión de Seguimiento de la Situación de Menores en Conflicto con la Ley Penal y conocen en profundidad los distintos aspectos que hacen a la vida de niños, adolescentes y jóvenes.
Para Gustavo Lorenzo la decisión tomada en acuerdo ordinario por la Corte a pedido de la Cámara de Apelaciones en lo Penal "genera una nueva situación de inseguridad para las personas menores de 18 años atento a que se desnaturaliza la especialidad que deben tener como condición las personas que ocupen funciones en los juzgados que intervengan en relación con otras personas que son menores de edad".
El abogado Lorenzo agrega que con esta decisión se violan los artículos 2 y 4 de la ley nacional 26.061 en cuanto a que "los derechos y las garantías de los sujetos de esta ley son de orden público, irrenunciables, interdependientes e indivisibles "(artículo 2) y en cuanto a que "en la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación, es prioritario para los organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes. Las políticas públicas de los organismos del Estado deben garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes" (articulo 4).
"En principio nos parece una barbaridad que atenta contra toda legislación vigente tanto en el orden nacional como internacional". Ese atentado al que se refiere Echegoy tiene que ver con el desconocimiento por la especificidad académica, legislativa e institucional del derecho de menores al colocar como jueces a quienes están predispuestos para una función de naturaleza represiva y muy lejos de la que corresponde a un juez de menores. Otro de los integrantes de la Coordinadora, Antonio Tesolini, opinó que es como si "se quisiera penalizar más a los chicos, ya que deberían tener competencia los jueces de menores y de familia...Son como manotazos de ahogado porque lamentablemente a esos juzgados sigue llegando todo. Pareciera que se intenta resolver con el Código Penal lo que debe hacerse con políticas públicas. Es más de lo mismo que ya hay y nos preocupa tanto".
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