Dom 20.09.2009
rosario

CIUDAD › LAS óRDENES SECRETAS DE LAS FUERZAS ARMADAS PARA REPRIMIR DURANTE LA DICTADURA

Las pruebas contra Guerrieri y Cía

El manual de "Operaciones contra elementos subversivos" que se aplicó desde 1976 forma parte de las pruebas en el juicio a los represores de Rosario. Allí puede leerse que "los elementos subversivos no gozarán de derechos" y se los "eliminará".

› Por José Maggi

El manual de "Operaciones contra elementos subversivos" redactado por el Ejército y puesto en vigencia en diciembre de 1976 forma parte de las pruebas en la causa Guerreri-Amelong. Allí puede leerse que "los elementos subversivos no gozarán de derechos y en ningún caso tendrán estatus legal derivado del Derecho Internacional Público", "no se los tratará como guerrilleros sino como bandas de delincuentes subversivos a los que hay que eliminar". "Operaciones contra elementos subversivos", establece que "las actividades de inteligencia adquirirán una importancia capital, pues son las que posibilitarán la individualización de los elementos subversivos y su eliminación, y que del mayor o menor esfuerzo de la actividad de inteligencia dependerá en gran medida el éxito de la contrasubversión". Reviste importancia teniendo en cuenta que están sentados allí tres jefes de la inteligencia militar en esta zona: Oscar Pascual Guerrieri, Jorge Fariña y Juan Daniel Amelong.

Se trata de un libro de casi 200 páginas conocido por una sigla RC 9 1 cuya copia entregó la propia fuerza luego de una orden de la ministra de Defensa Nilda Garré a través de una división llamada "Asuntos Humanitarios". El documento consta entre la pruebas acercadas por la fiscal Mabel Colalongo, quien participó de la acusación en la emblemática Causa 13 (por el Juicio a las Juntas).

En la RC 9 1 se habla de "aplicar el poder de combate con la máxima violencia para aniquilar a los delincuentes subversivos donde se encuentren. La acción militar es siempre violenta y sangrienta... El delincuente subversivo que empuñe armas debe ser aniquilado, dado que cuando las FF.AA. entran en operaciones no deben interrumpir el combate ni aceptar rendición".

Otros puntos del documento, al que tuvo acceso Rosario/12, señalan:

* "El ataque se ejecutará: a) Mediante la ubicación y aniquilamiento de los activistas subversivos."

* "También se podrá operar en forma semi independiente y aun independiente, como fuerza de tarea."

* "Las órdenes: como las acciones estarán a cargo de las menores fracciones, las órdenes deben aclarar, por ejemplo, si se detiene a todos o a algunos, si en caso de resistencia pasiva se los aniquila o se los detiene, si se destruyen bienes o se procura preservarlos, etc".

* "Emboscada: esas oportunidades de lograr el aniquilamiento no deben ser desaprovechadas, y las operaciones serán ejecutadas por personal militar, encuadrado o no, en forma abierta o encubierta."

Pero el manual RC 9 1 es solo uno de los documentos, también interesan a la Fiscalía la directiva 405 y fundamentalmente la directiva Nº 2 / 76 que se refiere a la detención de personas y que complementan el original Plan el Ejército.

En el punto 4 del apartado del Reglamento del Ejército dice: "La operación consistirá en detener a toda aquella persona que la Junta Militar establezca o pruebe para cada jurisdicción." "Cada Comando de zona establecerá en su jurisdicción los equipos especiales que resulten necesarios de acuerdo a las características de la misma.". "Las comisiones afectadas a la detención de personas de Prioridad Uno se integrarán sobre la base de efectivos militares y por el contrario, las de Prioridad Dos con elementos policiales.".

Esto explica porqué hubo pocos sobrevivientes en los centros clandestinos manejados por el Ejército directamente, como en el los casos de Quinta de Funes, La Intermedia, y Fábrica Militar de Armas. En cambio se cuentan más detenidos que fueran liberados en el Servicio de Informaciones, manejado directamente por la policía.

Entre otros ítemes la directiva establecía que "La incomunicación caracterizará todo el proceso de detención", y "no se permitirá la intervención de personas extrañas en defensa de los detenidos".

Se establecía que "la composición de los equipos especiales de detención y todo el accionar de los mismos será registrado en documentos secretos dentro del más estricto marco de seguridad y secreto militar".

La directiva Nº 2/76 complementaria disponía que "la detención de personas se continuará según las listas y prioridad." "En cuanto a los delincuentes subversivos además de los organismos ditados (fuerzas, Side, Policía Federal y provinciales) intervendrán los elementos técnicos de la inteligencia del Ejército." Este apartado marca claramente la responsabilidad de la inteligencia militar (por caso Guerrieri, Fariña y Amelong) en cada uno los secuestros concretados incluso por otras fuerzas como la policía, asi como su responsabilidad en todos los secuestros, torturas y desapariciones ocurridas en esta región, y no las de los centros manejados directamente por el Ejército. Es decir que también deberían estar sentados en el banquillo de los acusados en la Causa Feced. Y no estarán.

El Anexo 2 está dedicado exclusivamente a la Inteligencia.

* El plan del Ejército incluye como "oponente activo o potencial a todo el espectro social: organizaciones políticas, gremiales, estudiantiles, religiosas o personas vinculadas a éstas".

* Serán objeto de represión: "las organizaciones político militares, las organizaciones políticas colaterales, por cuanto son sospechosas de movilizar con vistas al rechazo del nuevo gobierno, orientando desfavorablemente a la opinión pública aún con rumores, volantes, leyendas, murales (provocando) el desprestigio internacional del nuevo gobierno" en referencia a la Junta Militar.

* Los objetivos de la fuerzas militares también se ampliaban a "organizaciones gremiales en cuanto pueden efectuar demandas reivindicatorias salariales orientadas a provocar la ruptura o el entorpecimiento de un nuevo orden económico del gobierno militar.". Aunque también se incluían a "organizaciones religiosas en especial las que incluyan a Sacerdotes del Tercer Mundo" y organizaciones estudiantiles.

Cabe recordar que cuando el general Ibérico Saint Jean fue designado primer gobernador bonaerense de la dictadura más sangrienta de la historia, hizo esta apología del crimen organizado: "Primero mataremos a todos los subversivos, luego mataremos a sus colaboradores, luego a sus simpatizantes, luego a quienes permanezcan indiferentes y por último mataremos a los indecisos". En verdad la orden ya estaba escrita.

Para complementar la variada cantidad de ordenes secretas, basta recordar las "Instrucciones para operaciones de seguridad" (RE 10 51): * "Elementos a llevar: capuchones o vendas para el transporte de detenidos a fin de que los cabecillas detenidos no puedan ser reconocidos y no se sepa dónde son conducidos.".

* "Los tiradores especiales podrán ser empleados para batir cabecillas de turbas o muchedumbres.".

* "La evacuación de los detenidos se producirá con la mayor rapidez, previa separación por grupos: jefes, hombres, mujeres y niños, inmediatamente después de la captura.".

* "Informantes: deberán ser inteligentes y de gran carácter y deberán tener una razón para serlo (creencia, odios, rencores, política, ideología, dinero, venganza, envidia, vanidad, etc.).".

Los dos reglamentos de los que se tomó la información antecedente permitían disparar sobre desarmados, robar niños separándolos de sus madres y la utilización de centros clandestinos de detención como lugares secretos para familiares de las víctimas. Además se utilizaba el término "aniquilar" como sinónimo de asesinar o exterminar y se oficializaba el saqueo.

"En semejante ambiente vivían soldados ya de 18 años. Videla, como comandante en jefe, en la descripción de la Situación General de la directiva 504/77 afirmaba que la acción militar contra las organizaciones subversivas había sido positiva y más eficaz que la acción de gobierno. Para corregir la situación ordenaba actuar sobre las 'bases filosóficas ideológicas de la subversión, sobre las causas que esgrime y explota el oponente (frustraciones contradicciones, y sobre los efectos, traducidos en sus acciones armadas y de insurrección de masas)", según publicara en su libro El Escuadrón Perdido el capitán José Luis D'Andrea Mohr.

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