CIUDAD › COMIENZA EL RéGIMEN SIMPLIFICADO PARA EL DREI
La Municipalidad comenzará a partir de mañana el reempadronamiento de los casi 15.000 contribuyentes encuadrados en el Régimen Simplificado, quienes ahora pagarán mensualmente un monto fijo, según su actividad, volumen de operatoria comercial, superficie de local y cantidad de empleados. Los medianos y grandes contribuyentes presentarán sus Declaraciones Juradas a través de Internet. Estos cambios entrarán en vigencia a partir de diciembre de 2009, que vence en enero. Las mejoras adoptadas se enmarcan en convenios suscriptos entre la Municipalidad y la AFIP y suponen la adopción de esa plataforma tecnológica a nivel local, convirtiendo a Rosario en un municipio pionero en materia de simplificación y modernización de la tributación.
Para facilitar el cumplimiento tributario en materia del Derecho de Registro e Inspección (Drei) y de la Contribución ETuR, la Municipalidad adoptará nuevas pautas para la determinación y el pago de estos tributos. A partir de las reformas implementadas, los pequeños contribuyentes tributarán bajo un esquema de Régimen Simplificado -aprobado por Ordenanza 8364/08- que consiste en reemplazar la presentación mensual "en papel" de la Declaración Jurada, por el pago de un monto fijo, de acuerdo a los ingresos brutos anuales y la superficie total del local.
Los medianos y grandes contribuyentes, en tanto, comenzarán a presentar sus declaraciones juradas vía internet. Este nuevo régimen involucra así una simplificación en la determinación e ingreso de las obligaciones fiscales y la simplificación de trámites, ya que la obligación fiscal se cumplimenta a través de Internet con CUIT y Clave Fiscal, utilizando Plataforma AFIP (aplicativo SIAp). Los contribuyentes encuadrados en este régimen deben adherirse entre mañana y el 31 de diciembre próximo.
Con respecto a los medios de pago, no sólo se van a poder realizar en las bocas autorizadas, sino también a través del volante electrónico de pago (VEP).
En este régimen quedan incluidos 14.900 contribuyentes que poseen un único local en el municipio, de hasta 200 metros cuadrados, y tengan sólo hasta tres personas en relación de dependencia. Estos negocios tienen ingresos brutos totales devengados en los últimos doce meses iguales o inferiores a 216.000 pesos. Otro de los requisitos es que el precio máximo unitario de venta no supere los 1.300 pesos. El derecho se determinará en función a la categoría que corresponda de acuerdo a los parámetros determinados por los ingresos brutos anuales y la superficie total del local. Hay cuatro categorías, y se adicionará, en caso de corresponder, el monto por publicidad vigentes y/o el importe fijo de la Contribución al Etur. Desde mañana, se puede consultar por mail a [email protected] o dirigirse a los centros municipales de distrito.
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