CIUDAD › EL CONCEJO PROHIBIó LA EXPOSICIóN A CAMAS SOLARES DE MENORES DE 18 AñOS
El cuerpo legislativo modificó la ordenanza que regula la actividad, debido a la preocupación de la Asociación de Dermatólogos, que sugirió vedar la práctica incluso a los menores de 30 años, por los riesgos de la acumulación de rayos.
› Por Guillermo Zysman
Los menores de 18 años no podrán exponerse a camas solares en Rosario por los efectos nocivos que generan los rayos ultravioletas en la piel. Así lo resolvió el Concejo en su última sesión al introducir modificaciones a la ordenanza que regulaba la actividad desde 1998. Los ediles se hicieron eco de la preocupación de la Asociación de Dermatólogos local ante lo extendido de esta práctica en gimnasios, centros de belleza e institutos privados, razón por la cual se sugiere incluso vedar el bronceado artificial a menores de 30 años para evitar patologías cancerígenas. Asimismo los registros de los locales deberán preservarse durante diez años. "El riesgo es la acumulación de rayos en la piel que comienza a muy baja edad", advirtió el edil socialista Aldo Gómez, impulsor de los cambios que aprobó el cuerpo quien además destacó que "en adelante, los clientes deberán recibir información clara y precisa sobre los potenciales efectos del uso de las camas solares".
La Ordenanza 6655 sancionada en 1998 reguló la actividad sin tener en cuenta nuevas disposiciones de la Organización Mundial de la Salud vinculadas al impacto en menores de edad. Al respecto, el bloque oficialista en el Palacio Vasallo recordó que "desde agosto de 2005, la Agencia Internacional para la Investigación contra el Cáncer de la OMS ubica a las camas solares en nivel 1 de nocividad para enfermedades de la piel y las evalúa como definitivamente cancerígenas. Mediante este anuncio alerta sobre cierta posibilidad de contraer cáncer de piel si no se respetan condiciones mínimas de uso, destacando que los menores de 18 años no deberían acceder a este método de bronceado e incluso la inconveniencia de que lo hagan menores de 30 años. Los análisis muestran además que la posibilidad de melanoma cutáneo y de ojos aumenta 75 por ciento cuando menores de edad se exponen a estos bronceados".
Al momento de promover los cambios en la legislación, los ediles tuvieron en cuenta dos informes médicos. Por un lado, el presentado por la doctora Bibiana Leroux, presidenta de la Asociación Dermatológica de Rosario, quien llegó a la conclusión que "los menores de edad no deben exponerse a la radiación producida por las camas solares y los adultos que presenten enfermedades de la piel o lunares no deben hacer uso de bronceado artificial". Incluso advirtió que algunos medicamentos recetados o no, pueden actuar como sensibilizantes (aún más) y que ello rara vez es informado al paciente.
Por otro lado, la doctora Graciela Cesarios, Jefa del Departamento de Tumores de la cátedra Dermatología de la UNR aseguró que las "camas solares son acumulativas en la piel y han sido involucradas como factor de riesgo de Melanoma, especialmente en usuarios jóvenes. El efecto cancerígeno para los otros tipos de cánceres cutáneo tiene una latencia de varios años (un promedio de veinte), por lo cual debería evitarse su uso en menores porque dada su edad se supone que la aparición de los tumores sería asidua en estos individuos. El efecto de las radiaciones UV en la piel es acumulativo, progresivo e irreversible".
En ese marco se estableció la prohibición de utilizar equipos de bronceado artificial en menores de 18 años. Para nuevas habilitaciones de locales con camas solares el municipio verificará previamente que se cumplimente con requisitos técnicos regulados a nivel provincial. Los empresarios deberán presentar una Declaración Jurada con la descripción técnica de los aparatos y materiales de los que dispone y designar
a un responsable idóneo en la materia. También deberán llevar un Registro en forma personalizada consignándose los datos del usuario, aplicaciones o dosis a que fuera expuesto y deberá conservarse durante diez años, debiendo constar la firma de conformidad del cliente cada vez que acceda a una sesión de bronceado.
En la sala de espera deberá colocarse un cartel visible y fácilmente legible, en el que figure la siguiente información: "Las radiaciones ultravioleta pueden provocar cáncer de piel y dañar gravemente los ojos; es obligatorio utilizar gafas de protección; ciertos medicamentos y los cosméticos pueden provocar reacciones indeseables; no se permite su uso a los menores de 18 años y está desaconsejado en mujeres embarazadas; una tabla con los fototipos y los correspondientes tiempos de exposición a la vista del consumidor".
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