Mié 23.08.2006
rosario

CIUDAD

Condenan al dueño de un perro que mordió a un chico de tres años

El perro atacó al menor sin una razón aparente causando el daño "por el cual debe responder", dijo la Justicia. El propietario del animal debe pagar una indemnización de 15 mil pesos.

En un fallo que registra pocos antecedentes similares en la ciudad, un tribunal colegiado de Rosario condenó al dueño de un perro a pagarle 15 mil pesos en concepto de indemnización material y moral a la familia de un chico de tres años que fue agredido por el can en la puerta de la casa del demandado. Para los jueces "la responsabilidad del dueño de un animal no escapa al principio general que establece el artículo 1113 del Código Civil, para los supuestos de daños causados por las cosas de que se sirve o están a su cuidado, pues no se debe olvidar que un animal no deja de ser una cosa y como tal susceptible de generar riesgos". La sentencia se conoce a días de haberse presentado en el Concejo Municipal un proyecto del ARI tendiente a obligar a los dueños de perros de gran porte que aseguren a los animales peligrosos ante eventuales daños a terceros.

El hecho denunciado ocurrió el 25 de agosto del año 2002. Según consta en el expediente, ese día el menor Brian Ramírez estaba paseando con su tío Germán Carranza por calle Benito Juárez a la altura del 1500. En ese momento fue atacado por un perro que se encontraba en el umbral de la puerta de la casa de su dueño, Roberto Barone.

En su declaración, el demandado relató que se hallaba en el interior de su casa "y la puerta de ingreso se hallaba abierta. En el umbral estaba mi perro. En eso veo que un sujeto que estaba con un chico se para y comienza a acariciarlo". En ese marco, para los integrantes del Tribunal Colegiado Nº1, María Angélica Rodríguez, Fernando Longhi y Ricardo Juan Netri "sólo cabe concluir que el perro atacó al menor sin una razón aparente causando el daño que hoy se le reclama y por el cual debe responder".

Para los magistrados "la responsabilidad del dueño de un animal no escapa al principio general que establece el artículo 1.113 del Código Civil, para los supuestos de daños causados por las cosas de que se sirve o están a su cuidado, pues no se debe olvidar que un animal no deja de ser una cosa y como tal susceptible de generar riesgos".

Por esa razón, los jueces hicieron lugar a la demanda y condenaron a

Barone a pagar 15 mil pesos a la familia del menor por la agresión generada por su perro. En concepto de indemnización material, "teniendo en cuenta que la víctima tenía 3 años de edad en el momento del accidente, y el geado de incapacidad del tipo parcial y permanente que el perito médico establece en un 10 por ciento del valor vida, se fijó en 10 mil pesos".

"Entendemos -dice el fallo- que el resarcimiento por el daño físico causado, deben resarcirse las disminuciones que se sufran a consecuencia del evento y que le impidan desarrollar normalmente todas las actividades que la persona realizaba, como así también compensar de algún modo las expectativas frustradas".

En cuanto al daño moral, los magistrados señalaron que "corresponde por este rubro, teniendo en cuenta su carácter resarcitorio, su independencia del daño material y la pericia psicológica rendida, cinco mil pesos".

El fallo se conoce días después de haber presentado el ARI un proyecto en el Concejo que obliga a los dueños de perros de gran porte a asegurar a los animales ante eventuales daños a terceros.

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