Jue 19.10.2006
rosario

CIUDAD › CLAUSURA Y MULTAS DE LUGARES QUE DISCRIMINEN

El Concejo endurece las penas

El Concejo debatirá hoy un proyecto tendiente a endurecer las penas para quienes discriminen o abusen del derecho de admisión, ya sea en espectáculos o en cualquier otro lugar con atención al público. De aprobarse la iniciativa, presentada por el edil Carlos Comi (ARI), además de la clausura se cobrarán multas. El cuerpo tiene previsto además modificar la ordenanza que regula los boliches que funcionan en la ciudad.

Comi explicó que la medida alcanza a los espectáculos o lugares abiertos al público o a cualquier otro lugar con atención o acceso al público "en los que se produzcan actos discriminatorios o cuando se ejerza abusivamente el denominado derecho de admisión".

El concejal del ARI recordó que hasta el momento solo regían penas de clausura de 7 a 30 días para la primera vez que se incurriera en la falta o de 30 a 180 días si fuera reincidente, pero que a partir de esta modificación, además de esas sanciones también habrá multas que oscilarán de acuerdo a la gravedad y reiteración entre los 970 y 2000 pesos.

De esta forma serán sancionados aquellos que cometan actos de discriminación "por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que tienda a la segregación, exclusión o menoscabo que implique distinción".

Los ediles debatirán además un proyecto de modificación de la ordenanza de espectáculos públicos, en lo referente al denominado "registro de oposición", a través del cual los vecinos cuentan con una instancia de participación para consentir o rechazar distintos emprendimientos en ese rubro. El cambio propuesto por el presidente del bloque Socialista, Horacio Ghirardi, apunta a mejorar las instancias de consulta ciudadana y a agilizar los canales de comunicación con los vecinos cuando se trate de la habilitación de locales bailables que se instalen en la ciudad.

De prosperar el proyecto, podrán participar del registro de oposición no sólo los vecinos linderos sino también quienes viven hasta 50 metros alrededor del espacio elegido por los empresarios para emplazar el local.

Hasta ahora la manifestación de voluntad de los vecinos puede prestarse con intervención de escribano público o de la autoridad municipal competente. En adelante, ante cada nueva habilitación que requiera una su consulta, deberá instrumentarse a través de un Registro Público de Oposición cuya reglamentación elaborará el Departamento Ejecutivo teniendo en cuenta entre otras variables que el período no podrá ser menor a 10 días hábiles y que deberá garantizarse su difusión a través de los medios gráficos de la ciudad y del sitio web oficial del municipio.

Para Ghirardi el registro de oposición constituye "una herramienta de consulta obligatoria dirigida a quienes puedan estar directamente afectados por la instalación de locales con actividad bailable" y, en tal sentido, indicó que ese mecanismo contribuye a "la construcción de consensos entre los involucrados", pero destacó que, "la voz de las vecinas y los vecinos es definitoria".

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