CIUDAD › DOS PROYECTOS CONTRA DELITOS DE ABUSO SEXUAL, A PUNTO DE CAER
Un proyecto introduce la figura del querellante y otro crea una fiscalía para delitos de abuso sexual. Pero la Cámara baja demora su tratamiento.
› Por Sonia Tessa
Dos proyectos de ley de la diputada Verónica Benas que apuntan a modernizar el proceso penal en la provincia y agilizar las causas por delitos contra la integridad sexual, cumplirán el 30 de noviembre su primer período sin que la Cámara de Diputados haya comenzado a tratarlas, lo que compromete su futuro legislativo, ya que sólo la voluntad política del Partido Justicialista (mayoría en las dos Cámaras) permitirá destrabarlas. Una de las iniciativas introduce la figura del querellante particular, que permite a las víctimas de un delito actuar dentro de la causa y la otra crea una fiscalía específica para delitos de abuso sexual (ver aparte).
Las iniciativas se presentaron en agosto y septiembre y fueron giradas a la comisión de Asuntos Constitucionales, pero nunca se trataron. Al cumplir su primer período, entran en un tiempo de descuento, ya que la decisión de darles vía libre se restringe al próximo período de sesiones ordinarias. Las dos son complementarias de la retrasada reforma del Código Procesal Penal provincial que recuperaron con una nueva presentación los diputados Danilo Kilibarda (PJ) y Santiago Mascheroni (UCR), donde se introducen el juicio oral y otros institutos para hacer más ágil el proceso.
Los proyectos de reforma implican una reestructuración del sistema judicial, con carga presupuestaria, y aunque el propio Jorge Obeid haya enunciado su necesidad, nunca fueron realmente impulsados. Pero el querellante particular no significa ninguna erogación para el Estado. Sólo tiene costo para la víctima, que contratará un profesional para representarla, y para el acusado, si tiene que afrontar las costas al ser condenado. Ninguna de las iniciativas comenzó a tratarse en la Comisión de Asuntos Constitucionales, donde debe producirse el dictamen. "No tiene ningún sentido presentar proyectos de avanzada en la Cámara, si no se empuja su concreción. Hace falta una fuerte voluntad política del Partido Justicialista para que estas modificaciones se hagan realidad", consideró Benas.
El proyecto del querellante particular incorpora al Código Procesal Penal que "toda persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acción pública tendrá derecho a constituirse en parte querellante y como tal impulsar el proceso, proporcionar elementos de convicción, argumentar sobre ellos y recurrir con los alcances que en este Código se establezcan". La iniciativa habilita además al querellante a "colaborar en la investigación y en el plenario, para acreditar el hecho incriminado, la responsabilidad penal del imputado, y la extensión del daño causado". Establece también que la víctima (constituida en querellante) podrá recurrir los dictámenes en todos los casos en que pueda hacerlo el ministerio fiscal.
Esta modificación moderniza el Código procesal santafesino, que si bien había incluido en 2003 el derecho al trato digno hacia la víctima, no permitía su incorporación en el proceso como actor. De este modo, la única posibilidad de las víctimas de estar al tanto del expediente es iniciar una acción civil, lo que supone solicitar una indemnización. Y aún así, sólo pueden conocer el avance de la investigación, no actuar en ella.
Santa Fe es la única provincia que no incluye esta figura, ya que tiene el Código Procesal Penal más antiguo del país, el único que no fue modernizado en forma integral, más allá de las reformas introducidas en 2003 que instituyen (por ejemplo) el juicio abreviado.
Con estos antecedentes, Benas redactó fundamentos que recorren la jurisprudencia respecto de la acción de la víctima en el proceso penal. Indica que Santa Fe ha quedado retrasada con un sistema inquisitivo, donde el Estado tiene el monopolio de la acusación mientras afirma que el sistema acusatorio es más garantista, tanto para el imputado como para las otras partes del proceso. En esa dirección se encaminan las reformas en danza, aunque ninguna haya prosperado.
"Se ha dicho con razón que la víctima ha sido la gran ausente en el proceso penal de todos los tiempos", dicen los fundamentos del proyecto de ley, donde se indica también que "el concepto de víctima se agiganta, pues a la persona que ha sufrido la ofensa del delito se le pliegan temas como vulnerabilidad social, marginación, subsistema y progresiva segmentación social negativa". Los ejemplos sobran. Por eso, Benas considera que "urge dar cabida en el Código Procesal Penal de Santa Fe la colaboración y por qué no el control de la víctima respecto del Fiscal, mediante el ejercicio de la querella". Urgencia es una palabra que no se conjuga con Legislatura en la provincia de Santa Fe.
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