Dom 29.06.2014
rosario

CIUDAD

Para poder mirar a los responsables a los ojos

Las abogadas Gabriela Durruty, Julia Giordano y Jessica Pellegrini solicitan además que la querella pueda presenciar las indagatorias solicitadas. Para eso, consideran que el artículo 295 del Código Procesal Penal contradice las Convenciones de Derechos Humanos a las que Argentina está suscripta. Ese artículo dice que "a la declaración del imputado sólo podrán asistir su defensor y el ministerio fiscal. El imputado ser informado de este derecho antes de comenzar con su declaración".

Durruty lo explica: "Entendemos que se opone a las convenciones internacionales que no se permita a las querellas ingresar al acto de las indagatorias". Además de citar una amplia jurisprudencia sobre el valor y los derechos del querellante, la presentación indica que no tiene sentido la prohibición de presenciar las indagatorias, "si tiene dicho la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que el querellante posee facultad suficiente para proseguir la acusación y por lo tanto realizar la elevación a juicio, reconociéndole además la facultad de proseguir hasta la instancia extraordinaria, aún cuando el Ministerio Público Fiscal haya desistido de la acusación o solicitado el sobreseímiento del imputado". Entonces, para las abogadas, "cómo negarle válidamente la posibilidad de fijar los términos de la acusación, máxime cuando de ello depende el éxito posterior de la calificación final del delito que se juzgue. No es la primera vez que estas abogadas de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas piden que las querellas están en las indagatorias. "Entendemos además que el artículo 295 de nuestro Código Procesal Penal no resiste al control de convencionalidad", explican. Lucas expresa su derechos como familiar de una víctima: "Queremos verle la cara a los responsables del secuestro de mi viejo".

Nota madre

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