SANTA FE
El artículo 5 del proyecto de ley de asistencia a los abortos no punibles prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los sujetos comprendidos en esta ley, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad, cuando se lesionen su dignidad o reputación o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar. Se basó en la exposición pública, y posteriores agresiones, que sufrieron tanto la joven discapacitada de Guernica que sufrido una violación intrafamiliar, como la mendocina que también quedó embarazada producto de un delito contra su integridad sexual.
La diputada nacional Silvia Augsburger apunta: "Hemos visto en los últimos tiempos, a raíz de los casos de público conocimiento y de las acciones de los llamados grupos `pro vida' con presentaciones judiciales y amenazas, el tratamiento sin ningún cuidado que se realiza de la vida privada de las personas. Esta situación de exposición pública, significa además una presión importante sobre los profesionales de la salud que ven los casos expuestos en todo detalle de lo que debería ser una cuestión entre la mujer embarazada y el equipo de salud interviniente", a pesar del resguardo para ambos que significa el secreto profesional médico.
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