A LA VISTA
La semana pasada, el ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollan, presentó la Guía de Atención de la Salud Integral de Personas Trans, elaborada por su ministerio junto a especialistas y activistas. Es un paso más en el cumplimiento del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, que se refiere, entre otros temas, a la necesidad de capacitar a lxs operadorxs de salud, quienes no suelen recibir información sobre diversidad durante su formación. La salud integral entendida como derecho humano y la despatologización son dos de los pilares de la guía.
La Guía de Atención de la Salud Integral de Personas Trans fue elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación con el aporte de equipos de salud de diferentes lugares del país que tienen experiencia en la atención de personas trans, así como de activistas y organizaciones lgbtti. El artículo 11 de la Ley de Identidad de Género —reglamentado recientemente— se refiere a los aspectos relativos a la salud, y establece que las intervenciones quirúrgicas totales y parciales y los tratamientos hormonales deben estar incluidos en el Programa Médico Obligatorio. La guía está dirigida a lxs profesionales de la salud y da información sobre distintas estrategias para que éstos mejoren la calidad de la atención. También brinda información específica sobre las cirugías, el uso de las siliconas líquidas y aceites, sus consecuencias y tratamientos, y los procesos de hormonización, sus efectos e interacciones con otros medicamentos. Aquí, sus puntos principales.
La Ley de Identidad de Género establece el derecho de las personas a ser nombradas según su identidad de género autopercibida (más allá de que hayan hecho el cambio registral o no). Esto requiere adecuar, además del trato interpersonal médicx/paciente, las historias clínicas, las entrevistas estandarizadas, los formularios, los modos de internación, etc. Se incluyen recomendaciones de trato respetuoso. Por ejemplo, llamar a la persona por su apellido cuando no se tiene seguridad de si el nombre que figura en los registros es el que la persona usa.
Se deben tener en cuenta ciertas medidas preventivas de afecciones que pueden aparecer con la hormonización. Para quienes estén usando, por ejemplo, estrógeno o testosterona se recomienda monitorear la tensión arterial y la glucemia. Se detallan recomendaciones para los exámenes ginecológicos y las particularidades de los testeos (por ejemplo: se recomienda realizar el PAP a todas las personas con cuello de útero y vagina, y también podría indicarse para aquellas personas con un cérvix creado a partir de un glande). Se indica cómo proceder preventivamente con respecto a los distintos tipos de cáncer y qué incidencia podría llegar a tener, o no, la hormonización en las posibilidades de desarrollarlos.
Muchxs profesionales de la salud suelen tener información errónea con respecto a la forma en que la hormonización interfiere con el tratamiento del VIH. El consumo simultáneo de antirretrovirales y las drogas usadas para la hormonización puede aumentar o disminuir las hormonas en sangre pero, según aclara la Guía, “no parece impactar con la eficacia del tratamiento antirretroviral”.
La hormonización puede interferir con algunos métodos anticonceptivos. Se recomienda, además, aclarar en las consultas que el uso de la testosterona no constituye por sí solo un método anticonceptivo, porque “si bien produce el cese de las menstruaciones, no garantiza la inhibición de la ovulación”. Se recomienda suspender el consumo de testosterona durante el embarazo y la lactancia. Por otro lado, es necesario que antes de empezar la hormonización o acceder a la cirugía la persona sea informada sobre efectos que éstas pueden producir en relación a la fertilidad. Por ejemplo, si la persona no se ha hecho una histerectomía (extirpación del útero, trompas de Falopio y ovarios) y sólo ha utilizado testosterona, es probable que después de unos meses de suspender la hormonización recupere su capacidad reproductiva sin necesidad de otro tratamiento.
Al igual que la hormonización, las cirugías son decisiones personales. No todas las personas tienen las mismas expectativas sobre su construcción corporal ni todas desean llevar a cabo modificaciones. Las cirugías de modificación genital han sido siempre comprendidas desde una mirada binaria: como el punto culminante de un recorrido de un camino obligatorio entre dos estereotipos de género. Según la Ley de Identidad de Género, estas intervenciones son un posible componente más del proceso de construcción corporal personal. Los profesionales de la salud deben contemplar las necesidades y expectativas de la persona, asesorarla sobre las alternativas quirúrgicas, sus alcances y sus límites. Deben informar que “no se cuenta actualmente con evidencia científica suficiente respecto a los resultados de las cirugías de modificación genital y las posibles complicaciones en el postoperatorio no inmediato, especialmente en relación a cómo éstas afectan las funciones fisiológicas, la sensibilidad y el placer sexual”.
Los equipos de salud deben dar información clara sobre los riesgos de la aplicación “casera” de las sustancias de relleno (como los aceites industriales y la silicona líquida). En la mayoría de los casos el tratamiento recomendado se limita a la administración de antiinflamatorios. La remoción quirúrgica es una intervención compleja y riesgosa y se puede realizar solamente si la zona afectada no es muy extensa y tiene límites definidos.
Informe: Dolores Curia
Para descargar la guía: www.msal.gov.ar
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