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El Ministerio de Economía resolvió que las operaciones de comercio exterior de carne bovina comprendidas en posiciones arancelarias del Mercosur deberán registrarse ante la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuaria (ONCCA).
La medida fue promovida a través de la resolución 6, firmada por el ministro de Economía y Producción, Carlos Fernández, y publicada durante la presente jornada en el Boletín Oficial.
La resolución advierte sobre los mecanismos para concretar la inscripción en el Registro de Operaciones de Exportación (ROE), en la ONCCA, conducida por el ex titular de la Aduana, Ricardo Echegaray.
Si bien la norma no alude a la autorización para exportar carne bovina -tal como fue acordado el último miércoles, entre el gobierno y las entidades ruralistas-, la reinstauración del ROE es una condición necesaria para posibilitar la reapertura de las ventas externas.
La medida se conoce 24 horas antes de que se concrete un nuevo encuentro que mantendrán el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y los presidentes de Confederaciones Rurales, Mario Llambías; Sociedad Rural, Luciano Miguens; Coninagro, Fernando Gioino; y Federación Agraria, Eduardo Buzzi.
Durante el fin de semana, dirigentes de las entidades ruralistas promovieron más de un centenar de asambleas de productores en toda la región pampeana, y en distintos puntos del país, y reclamaron "señales concretas" del gobierno.
En los considerandos de la resolución 6 de Economía, se recuerda que el 17 de abril último se firmó un acuerdo marco entre los distintos representantes de la producción cárnica, con el objeto de acordar instrumentos tendientes a "garantizar la previsibilidad macroeconómica y favorecer la transparencia del mercado".
Las autoridades consignaron además que el ROE "se constituye en una herramienta adecuada a fin de monitorear el abastecimiento (de carne vacuna) de manera normal y habitual, en particular para los cortes de res denominados masivos".
Por ello, la ONCCA, oficina que funciona en el área de la Secretaría de Agricultura, funcionará como autoridad de aplicación y será quien reglamente "todos los aspectos relacionados" con la inscripción en el Registro de Operaciones de Exportación de carnes bovinas.
En el artículo tercero de la resolución dispuesta por el Palacio de Hacienda indica que la Dirección General de Aduanas "únicamente dará curso a aquellas operaciones de exportación que cumplan con las normas vigentes y las complementarias que dicte la ONCCA".
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