Sáb 05.07.2008

22:37  › ECUADOR

Reelección para Correa

La Asamblea Constituyente de Ecuador aprobó la reelección presidencial por única vez del actual jefe de Estado, Rafael Correa. De esta manera, podrá extender su mandato por 10 años.

La reelección presidencial fue habilitada al aprobar los asambleístas 19 artículos del proyecto de la nueva Constitución referidos a la funciónEjecutiva, informó la agencia ANSA.

Según explicaron los representantes del partido oficialista Acuerdo País, con mayoría en la Constituyente, al entrar en vigencia la nueva Constitución el actual período presidencial no se tendrá en cuenta.

Correa, que inició su gestión en 2007 por cuatro años, podrá presentarse a las elecciones de 2009, con las que se empezarán a poner en marcha los nuevos principios constitucionales. Una vez culminado en 2013 este posible segundo mandato, Correa podrá volver a presentarse a elecciones por un nuevo período de cuatro años, y gobernar de esta manera hasta 2017.

La Constituyente aprobó además que el jefe de Estado podrá terminar su mandato "por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea; por destitución, de acuerdo con la Constitución; por incapacidad física o mental permanente, que le impida ejercer el cargo, y declarada por la Asamblea con las dos terceras partes de sus miembros", o "por abandono del cargo, y por revocatoria del mandato". El presidente tendrá la atribución de disolver la Asamblea, que ejercerá los poderes legislativos, por una sola ocasión, y convocar de inmediato a elecciones presidenciales y legislativas.

La disolución de la Asamblea por parte del presidente sólo será posible cuando "a su juicio se hubiera arrogado funciones que no le competen, previo dictamen de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada e injustificada obstruya la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna".

A partir de allí, se convocarán a elecciones legislativas y presidenciales y hasta la reinstalación de la Asamblea, y el presidente podrá emitir decretos y leyes de urgencia que deberán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

La Asamblea Constituyente debe culminar su función el próximo 26 de julio, cuando se cumplen ocho meses desde su instalación, para luego convocar a un referendo en el que la población deberá aprobar o rechazar la nueva Carta Magna.

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