Jue 30.07.2009

14:07  › EL PROYECTO KRYPTONITA

Para Aníbal Fernández fue una solución "práctica"

El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, aseguró que, con el anuncio del proyecto para limitar la facultad de reasignar partidas en el marco de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo, lo que el Gobierno buscó fue cerrar un "debate artificial" que tenía "cero asidero".

"En honor a un debate artificial que se había instalado y que tenía cero asidero, se ha hecho una solución de las más prácticas, que es enviar (al Congreso) el proyecto por parte del Poder Ejecutivo para que se resuelva", aseveró el jefe de ministros en declaraciones formuladas esta mañana a Radio Diez.

De este modo, hizo referencia al anuncio realizado ayer por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien anticipó que el Ejecutivo enviará al Parlamento una iniciativa tendiente a acotar la posibilidad de reasignar partidas por parte del jefe de Gabinete.

Se trata de una reforma al artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que ayer fue uno de los ejes del debate de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara baja, donde se comenzó a discutir la prórroga de la delegación de facultades, que vence el 24 de agosto.

"La diferencia estaba planteada en los súperpoderes, según lo que dijeron y debatieron, entonces la presidenta dice bueno, saquemos este debate artificial y démoslo por resuelto modificando el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera", aseveró Fernández en la entrevista.

En este marco, también defendió la facultad del Poder Ejecutivo de ampliar partidas del Presupuesto por medio de decretos de necesidad y urgencia, siempre que sean financiadas con incrementos de los recursos propios: "Estamos haciendo las cosas en el marco de la ley", afirmó el jefe de Gabinete.

"Cuando el Estado lleva adelante este tipo de acciones es porque a lo mejor necesita tomar decisiones con más celeridad que llegando al Congreso, pero para eso el Congreso tiene una comisión específica que los revisa (a los DNU)", aseveró Aníbal Fernández.

En este sentido, remarcó que la Constitución Nacional "prevé en el artículo 99 inciso tercero que se puedan llevar a la práctica estos decretos de necesidad y urgencia", y sostuvo que cuando estas normas todavía no contaban con rango constitucional "la doctrina también decía de 'conveniencia' por parte del

Estado".

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