Mié 23.12.2009

20:21  › CRíMENES DE LESA HUMANIDAD

No declararás contra tu padre, excepto que sea un apropiador

La Cámara Federal de la Capital, en un fallo dividido, autorizó a Vanina Falco a declarar contra su padre, el ex agente de inteligencia de la Policía Federal Luis Falco, por la sustracción, ocultamiento y supresión de identidad del hoy legislador porteño Juan Cabandié.

La mayoría de la Sala II opinó que por los ilícitos que se le atribuyen a su padre, Vanina Falco puede ser considerada como "damnificada", única excepción que la ley contempla para declarar contra su progenitor. La declaración testimonial de Vanina fue solicitada por Cabandié, quien actúa como querellante en la causa, pero la jueza a cargo del expediente, María Servini de Cubría, se opuso al planteo, lo que originó la apelación y la intervención del tribunal de segunda instancia.

Cabandié fue sustraído de su madre, Alicia Alfonsín, días después de haber nacido, en 1978, en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA). Su madre y su padre, Damián Abel Cabandié, permanecen desaparecidos, en tanto que el niño fue anotado en aquel momento como Mariano Andrés Falco.

Vanina Falco declaró ante escribano público que se consideraba "víctima" y que estaba decidida a testimoniar acerca de lo que le tocó vivir en su hogar junto con el actual legislador, con quien mantiene un "estrecho vínculo".

Los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Farah sostuvieron que la simulación de hacer aparecer a Cabandié como hijo biológico y su posterior crianza como hermano de Vanina "revelan un daño perceptible para la condición sentimental y familiar" de la mujer. Cattani y Farah agregaron que "no existe entre Vanina y el acusado el vínculo personal y afectivo" que ampara a los hijos a no declarar contra sus ascendientes.

Los camaristas también tuvieron en cuenta que los hechos que se le atribuyen a Luis Falco han sido caracterizados como crímenes de lesa humanidad, que "por su extensión y gravedad van más allá de lo tolerable para la comunidad internacional".

En esa clase de delitos "existe un derecho de la sociedad a conocer la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos, y de los familiares de las víctimas a saber qué aconteció con sus seres cercanos", afirmó el voto de la mayoría.

En disidencia, el camarista Martín Irurzun sostuvo que, para preservar la "cohesión familiar" y "proteger las relaciones de confianza dentro de la familia", la prohibición de declarar contra los ascendientes se mantiene aún cuando el pedido lo haya realizado la hija del acusado. Irurzun expresó, además, que ninguno de los hechos ilícitos concretos que se investigan en la causa fueron dirigidos por Falco contra su hija biológica.

En su momento, Juan Cabandié había declarado que "fui criado a golpes físicos y psíquicos", en una casa "que era una sucursal de una comisaría, en la que el miedo estaba presente todo el tiempo". En aquella oportunidad Cabandié manifestó que su apropiador se hacía llamar "Leonardo Fajardo" y que tenía aceitados vínculos con otros represores, entre ellos el ex comisario Samuel Miara, quien hizo figurar como propios a los mellizos Reggiardo Tolosa.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux