Jue 05.05.2011

21:15  › HASTA QUE SE APRUEBEN LOS BALANCES OBJETADOS POR EL ESTADO

La Justicia aceptó el planteo de la Anses y le impidió a Siderar distribuir dividendos

El juez Hernán Diego Papa, a cargo del Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 12, que ya se había manifestado a favor del reparto de ganancias, aceptó el recurso presentado ayer por la Administración Nacional de Seguridad Social, que objetó la decisión tomada por la última asamblea de la compañía que el Gobierno cuestionó en ejercicio de las facultades que le otorga su participación accionaria en la empresa.

La empresa Siderar remitió esta tarde un nuevo comunicado a la Bolsa de Comercio en la que informó que mañana no efectivizará el pago del dividendos por 1511,5 millones de pesos que había aprobado la asamblea de mediados de abril, que fue objetada por la ANSES ante la justicia.

El comunicado de la firma del Grupo Techint se efectivizó luego que el juez Hernán Diego Papa, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial número 12, determinara que Siderar sólo podía disponer el pago de dividendos en base a los estados contables aprobados y no cuestionados correspondientes a 2009 y anteriores. El juez en su fallo exhortó además a Siderar a no realizar presentaciones que conlleven a "generar confusión" en los inversores.

La decisión de repartir dividendos por 1511,4 millones de pesos fue aprobada en la asamblea ordinaria del 15 de abril último de la empresa del Grupo Techint y fue impugnada por la Administración Nacional de la Seguridad Social, por interpretar que la firma perjudicaba la intención del Estado de participar en las decisiones. La nueva resolución judicial señala que Siderar "no está

facultada, en virtud de la resolución de fs. 280/288, a pagar dividendos con fondos provenientes de las cuentas del patrimonio neto 'reservas futuros dividendos', 'reservas facultativas', 'resultados diferidos' y 'resultados no asignados correspondientes al ejercicio contable del año 2010'".

El fallo del juez Papa circunscribe la salvedad dispuesta con anterioridad a los estados contables aprobados y no impugnados por ejercicios correspondientes a 2009 y años anteriores. Según esa salvedad, Siderar puede disponer total o parcialmente de los saldos de las cuentas del patrimonio neto correspondientes a "reservas futuros dividendos", "reserva facultativa", "resultados diferidos" y "resultados no asignados", con el exclusivo objeto de pagar dividendos a los accionistas. "A este efecto el pago que se permite deberá sujetarse a la decisión de los directores y/o accionistas conforme la normativa vigente en materia societaria", señala el fallo, según la transcipción parcial realizada en una nota que Siderar envió a la Comisión Nacional de Valores (CNV).

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