22:28 › LA CAUSA FUE CERRADA POR PRESCRIPCIóN
Así lo resolvió el juez federal Ariel Lijo, quien en su dictamen sostuvo que ni "la naturaleza aberrante del hecho, ni la repercusión social y el inconmensurable daño ocasionado" bastan para calificar el asesinato del exsecretario general de la CGT, ocurrido hace 38 años, en tal categoría.
Además, la causa por el crimen perpretado el 25 de septiembre de 1973, reabierta en 2008 a pedido de la familia del sindicalista, incluida su hija, la diputada nacional Claudia Rucci, a raíz de la publicación del libro "Operación Traviata", fue archivada por la Justicia, que la consideró prescripta por no tratarse de un crimen de lesa humanidad.
En su dictamen, Lijo sostuvo que "si bien habría indicios de que el hecho fue decidido y ejecutado por Montoneros, lo cierto es que no eran tales para llamarlos a prestar declaración indagatoria". Por ello, y en razón de lapso transcurrido, "se evaluó si era válido continuar una investigación frente al posible obstáculo legal a la persecución penal, de que la acción penal no se encuentre vigente". Lijo citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia según la cual "la viabilidad de su juzgamiento hoy día depende de su adecuación legal dentro del derecho internacional, y, por tanto, de que pueda ser calificado como imprescriptible".
"La hipótesis de investigación en la cual el homicidio de José Ignacio Rucci fue llevado a cabo por miembros de la Organización 'Montoneros' no cumple las propiedades de los delitos de "lesa humanidad" y, por lo tanto, no puede quedar sujeto a la cláusula de imprescriptibilidad", concluye el fallo al fundamentar el cierre de la causa.
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