13:26 › ENERGíA
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial los alcances de un régimen de promoción de inversión para la explotación de hidrocarburos que beneficiará a las firmas con permisos de exploración y concesiones de explotación que presenten un plan de inversión directa no inferior a los mil millones de dólares. Las empresas deberán desembolsar el monto total en los primeros cinco años del proyecto y podrán exportar hasta el 20 por ciento de lo producido, sin tasas impositivas y con "libre disponibilidad de las divisas" que resulten de la comercialización.
El nuevo régimen quedó establecido por el Decreto 929, de soberanía hidrocarburífera publicado en el Boletín Oficial, que beneficiará a los titulares de permisos de exploración y concesiones de explotación otorgados tanto por el Estado nacional como por las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
También podrán ser beneficiarios del régimen de promoción quienes se asocien a las empresas concesionarias, y presenten un proyecto de inversión "que implique la realización de una inversión directa en moneda extranjera no inferior a mil millones de dólares".
Según el documento publicado hoy, la inversión referida debe concretarse en los primeros cinco años del proyecto, al término de los cuales el beneficiario contará con el derecho a "comercializar libremente en el mercado externo el 20 por ciento de la producción de hidrocarburos líquidos y gaseosos producidos en dichos proyectos", con una alícuota del "cero por ciento de derechos de exportación".
Además, los beneficiarios tendrán la "libre disponibilidad del cien por ciento de las divisas provenientes de la exportación de tales hidrocarburos", del 20 por ciento mencionado.
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