19:22 › EL PAíS
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, reconoció el derecho del Estado Nacional a la expropiación de acciones de las empresas Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas, que estaban en poder de la firma Interinvest Sociedad Anónima.
Además, el magistrado aceptó la demanda promovida por el Estado basado en la ley 26.412, por la que el Congreso de la Nación autorizó el rescate de esas empresas y sus controladas (las sociedades anónimas Optar, Jet Paq y Aero Handling) y determinó un valor negativo de -3.275.434.813 pesos, equivalentes a 949,4 millones de dólares, para la expropiación de las acciones a la fecha de posesión de parte del Estado, el 24 de diciembre de 2008.
La valuación fue realizada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación y rechazada por la compañía Interivenst que, en su presentación, pidió que se respetara lo que mencionó como el “valor real” de las acciones. Previo al juicio, el Estado había propuesto un avenimiento, pero la oferta no fue aceptada por Interinvest, que se negó a vender las acciones.
Tras la primera norma del Congreso, se dictó la ley 26.466, que declaró de utilidad pública y sujetas a expropiación las acciones de las empresas Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas –Cielos del Sur S.A. y de sus controladas- para “garantizar el servicio público de transporte de pasajeros, correo y carga”. Interinvest replicó que la declaración de “utilidad pública” fue ilegítima e inconstitucional y cuestionó al Estado Nacional al considerar que fue el que provocó la situación por la que atravesaban las empresas.
el juez Lavié Pico consignó que, en base a pronunciamientos anteriores realizados por la Corte Suprema de Justicia, “el Estado ejerce, al expropiar, un poder jurídico que le reconoce la Constitución” Nacional, previa declaración de utilidad pública e indemnización. “Siendo que la utilidad pública (de la expropiación) fue calificada mediante el dictado de la ley 26.466, no corresponde expedirse en este pleito sobre los dichos de la accionada referidos al criterio adoptado por el legislador”, sostuvo el magistrado.
“La cuestión a resolver se limita a determinar el monto indemnizatorio correspondiente a la expropiación de las acciones de las empresas Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas –Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas Optar S.A., Jet Paq S.A. y Aerohandling”, agregó el juez, quien recordó que el dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación es de “vital” y “decisiva” importancia, y que el mismo se expidió con el multimillonario valor negativo que el juez fijó en su fallo y que “fue adoptado por unanimidad”.
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