19:39 › CAUSA POR EL MEGACANJE
La Cámara Federal porteña sobreseyó por prescripción al banquero estadounidense David Mulford y a ocho exfuncionarios del gobierno de la Alianza que participaron del Megacanje de 2001, por el cual se pagaron abultadas comisiones a siete bancos. El exministro de Economía Domingo Cavallo quedó como el único procesado en la causa.
La decisión fue de la sala II del tribunal de apelaciones que dispuso el sobreseimiento de Mulford, quien nunca pudo ser llevado a declarar ante la Justicia argentina, según la resolución firmada por los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah. En la causa se investigó la presunta selección ilegítima del consorcio de bancos que participó del canje de títulos públicos en el 2001, que habría beneficiado a determinadas entidades de manera irregular.
En otra resolución simultánea se sobreseyó además a ocho procesados en la causa, entre ellos el exsecretario de Hacienda Jorge Baldrich, elex subdirector de Financiameinto Jacobo Dreizzen, el exasesor del entonces ministro de Economía Domingo Cavallo, Horacio Liendo, y el exsecretario de Política Económica, Federico Sturzenegger. Se sobreseyó también al exprocurador del Tesoro Ernesto Marcer, al exdirector de Crédito Público Carlos Molina y al exjefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía, Guillermo Mondino.
La Cámara entendió que "es forzoso concluir que a esta altura -procesal y temporal- en la cual no ha logrado superarse el estado de incertidumbre que llevó, en todos los casos, al dictado de un criterio expectante, sólo procede la solución conclusiva prevista por el artículo 336, inciso 4° de Código Procesal Penal de la Nación", es decir el sobreseimiento.
Los ocho exfuncionarios habían sido procesados por el juez federal Sebastián Ramos como presuntos partícipes necesarios de "negociaciones incompatibles con la función pública", pero esta decisión fue revocada por la Cámara que los sobreseyó.
En el caso de Mulford se remarcó que fue citado a indagatoria por última vez el 11 de julio de 2006, el delito investigado es del 2001 y por ello transcurrió "el límite punitivo máximo establecido en el tipo penal que se ajusta al hecho" que es de seis años.
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