21:58 › UNA PRESENTACIóN PARA LA PRENSA
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, rechazó dictar una medida que impida convocar a la Cámara de Diputados para el tratamiento del proyecto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación como lo requirió la diputada de la Coalición Cívica-Unen porque significaría interceder "en el proceso de formación y sanción de las leyes" correspondiente al Poder Legislativo.
La medida había sido solicitada por los diputados nacionales Elisa Carrió y Fernando Sánchez, quienes argumentaron que hubo "graves violaciones reglamentarias" y no se cumplieron los trámites parlamentarios que habilitan el debate sobre el digesto jurídico.
El magistrado, sin pronunciarse sobre el fondo de la demanda, recordó que la Corte Suprema de la Nación "ha destacado que la misión más delicada de los jueces es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los demás poderes".
Carrió y Sánchez solicitaron que se ordene al presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, se abstenga de convocar el tratamiento ante el pleno de la Cámara del Proyecto de Ley sobre aprobación del nuevo Código Civil y Comercial, mientras tramitará la causa.
Los legisladores consideraron que el proyecto, con media sanción del Senado de la Nación, carece de despacho de comisión, pues el dictamen que alguna vez tuvo, caducó. El argumento presentado por Carrió ya había sido desestimado durante el debate en comisiones que se realizó la semana pasada.
Por su parte, Marinelli advirtió que "no se debe perder de vista que, en principio, con arreglo a la doctrina que emana de diversos precedentes del Alto Tribunal, se encuentra vedado al poder jurisdiccional interferir en el proceso de formación y sanción de las leyes".
Y agregó que "mediante el dictado del pronunciamiento cautelar que se solicita, se estaría impidiendo sesionar a la Cámara de Diputados de la Nación, afectando el funcionamiento de uno de los poderes del Estado" sin que se presente, en principio, una efectiva violación constitucional directa que justifique semejante medida.
Los efectos de la medida cautelar "alcanzarían también a todos los integrantes de la Cámara de Diputados, incluso aquellos que podrían tener un interés contrario a los diputados demandantes", evaluó Marinelli.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux