Mié 09.12.2015

20:20  › DEVOLUCIóN DE DEVOLUCIONES

Cautelar contra el DNU sobre coparticipación

La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland suspendió provisoriamente la aplicación del decreto de necesidad y urgencia firmado por la presidenta Cristina Kirchner para devolver a todas las provincias el 15 por ciento que se les descontaba de la masa de impuestos coparticipables. En tanto, la Corte Suprema, que falló en ese sentido para las provincias de Santa Fe, Córdoba y San Luis, rechazó un planteo de Formosa para que se le aplique esa devolución.

La magistrada dictó la medida cautelar que dejó en suspenso la ejecución del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 2635/15, al pronunciarse en una causa elevada por la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República. Según Heiland “el DNU cuestionado no explica las únicas y excepcionales circunstancias que autorizan su especialísimo dictado” y “va en contrario a lo que dicen los artículos 75, 99 y 109 de la Constitución Nacional”.

Según la jueza, el artículo 3 del DNU 2635/15, que ordena al Tesoro de la Nación devolver los fondos descontados en su momento para financiar a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), no tiene en cuenta la reciente ley 27198 (de Presupuesto Nacional para el ejercicio 2016).

La Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República argumentó que la norma presidencial podría desfinanciar el sistema previsional y afectar la movilidad jubilatoria, la asignación universal por hijo y las asignaciones familiares. El DNU fue dictado luego que la Corte Suprema fallara a favor del cese del descuento del 15 por ciento en causas presentadas por las provincias de San Luis, Santa Fe y, con una medida cautelar, a Córdoba.

Hoy la Corte, en lo que fue el último acuerdo con la participación del ministro Carlos Fayt, rechazó un planteo de Formosa para que se le aplique de manera automática la sentencia que ordenó el cese de la deducción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado Nacional. Al rechazar la medida cautelar solicitada por Formosa la Corte señaló que sus fallos no se aplican de manera automática, sino que se debe analizar cada caso en particular.

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