21:39 › POR UNA CUESTIóN DE "FORMA"
La Corte Suprema consideró inadmisible el "recurso de queja" de los abogados de ATE para ser parte involucrada en la causa que investiga la represión de la Policía Metropolitana en abril de 2013 contra pacientes del neuropsiquiátrico Borda, médicos, enfermeras, familiares de internados, legisladores porteños, dirigentes sindicales y trabajadores de prensa, cuando se frenó la demolición de Talleres Protegidos en el predio de ese hospital.
El tribunal máximo ratificó una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que descartó el recurso extraordinario interpuesto por ATE Nacional y de Capital Federal --cuyo dirigente Daniel Catalano está procesado-- al considerar: "no haber demostrado la existencia de un interés de particulares ofendidos para tener por configurado un caso contencioso".
De esta manera, ATE quedó definitivamente excluida de la causa penal en la que se investiga la represión en el Hospital Borda. En línea con lo resuelto en Casación, la Corte consideró que los apoderados de la ATE no cumplieron con requisitos formales que habilitan la intervención del máximo tribunal y desestimó el "recurso de queja" contra el fallo de la Cámara Federal.
Como consecuencia de la represión del 26 de abril de 2013 fueron internadas por golpes y disparos de Itaka de los policías unas 20 personas, la mayoría trabajadores del Borda representados por ATE, pero también delegados y dirigentes de ese sindicato, médicos, pacientes, familiares y legisladores.
El expediente se encuentra a estudio de la Cámara Nacional de Casación Penal tras la apelación del sobreseimiento de Macri, Vidal, el entonces ministro de Seguridad Guillermo Montenegro y otros funcionarios de la administración porteña de la época, entre ellos el actual jefe de gobierno Horacio Rodríguez Larreta.
En el fallo apelado, la Sala IV de la Cámara sostuvo que carecía de elementos para atribuirles a los sobreseídos algún grado de participación en los hechos, el mismo fundamento que empleó a favor del jefe de la Policía Metropolitana, Horacio Giménez, quien había sido procesado en primera instancia.
La Cámara consideró en aquel momento (principios de 2015) que, si bien las entonces autoridades porteñas podían estar en conocimiento de la represión en el hospital, "ello no los vincula o compromete con los excesos de un efectivo policial en el operativo" o con "el comportamiento desviado de algún subalterno",a los que apuntó como exclusivos responsables.
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