15:39 › FALLO A FAVOR DE TOMáS ELOY MARTíNEZ EN UNA CAUSA POR INJURIAS INICIADA POR BUSSI
La Cámara Civil confirmó un fallo a favor del escritor y periodista Tomás Eloy Martínez en una causa por injurias que le había entablado el ex represor Antonio Domingo Bussi, llamado en un artículo periodístico "tiranuelo de Tucumán".
La Sala C de la Cámara, con las firmas de los jueces Beatriz Cortelezzi, Omar Díaz Solimine y Luis Alvarez Juliá, ratificó un fallo de primera instancia del juez Daniel Alioto, quien había rechazado la demanda por 100 mil pesos del ex gobernador de facto de Tucumán.
Tomás Eloy Martínez vive actualmente en Estados Unidos, pero ya fue notificado de la sentencia a través de sus abogados, Ricardo y Ramiro Monner Sans.
En mayo de 2004, Bussi inició la demanda a raíz de un artículo publicado por el periodista en el diario La Nación, en el que contaba un episodio de la última dictadura militar: la expulsión de mendigos tucumanos hacia Catamarca en 1977, cuando el militar usurpaba el poder en Tucumán.
Martínez calificaba a Bussi en aquel artículo como "maniático de la limpieza", "feroz exterminador de disidentes", "tiranuelo de Tucumán", y especulaba con que "debía sentir envidia del poder de Dios, en sus exterminios de mendigos o de locos de 1977".
La nota en cuestión sostenía que Bussi "impartió aquel invierno de 1977 la orden de recoger a todos los mendigos de Tucumán en un camión militar y arrojarlos en los descampados de Catamarca", en el contexto de una visita del entonces dictador Jorge Rafael Videla.
La Cámara Civil, al confirmar el rechazo de la demanda, consideró que lo de Martínez fue "la expresión literaria más que periodística pura, la historia novelada o lo que comúnmente denominamos el género de la novela histórica y contiene los componentes y las licencias propias de tal modo de expresión".
Los jueces reivindicaron la libertad de prensa y la "doctrina Campillay" que en ese sentido emana de la Corte Suprema, y recordaron que "las personas públicas se han expuesto voluntariamente a un mayor riesgo de sufrir perjuicio por noticias difamatorias", pero también "tienen un mayor acceso a los medios periodísticos para replicar las falsas imputaciones".
Bussi había rechazado la responsabilidad por los hechos que Martínez narró en su artículo, e indicó que "en cuanto tomó
conocimiento de los hechos ordenó la restitución de los mendigos en el avión personal del Gobernador, instó la investigación de los responsables del hecho y destituyó y sancionó al Jefe de la Policía Provincial, calificando al episodio de censurable".
Pero los camaristas replicaron: "resulta llamativo que en su calidad de Interventor Gobernador y a cargo del Comando de Subzona 32 de la V Brigada de Infantería del Ejército y dependiendo de él la Jefatura Central de Policía el actor hubiera podido ignorar -en zona militarizada- el suceso que tanto censuró y respecto de cuyos autores directos o indirectos indicó aplicaría las más severas sanciones".
El fallo de la Cámara es todavía apelable, ante la Corte Suprema de Justicia.
Fuente: DYN
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