Mié 21.02.2007

00:00  › LA EMPRESA QUE ADMINISTRABA LA CONFITERíA DE COMODORO PY DENUNCIó COCINAS CLANDESTINAS

En casa de herrero...

La empresa que administraba la confitería situada en el noveno piso de los tribunales federales de Comodoro Py 2002 denunció que no pudo pagar el alquiler al que se había comprometido por lo que fue despojada de la concesión- porque en un juzgado y una fiscalía funcionan sendas cocinas clandestinas que les restan clientes.

La firma Distribuidora Manantial Trading Co. S.A. apeló así, sin éxito, la decisión del Consejo de la Magistratura de dar por rescindido el contrato de concesión, ante el reiterado incumplimiento de pago de los cánones mensuales en los que incurrió la adjudicataria, correspondientes a los meses comprendidos en el período junio/septiembre de 2006 inclusive.

La empresa no pudo cancelar en ese período los cánones mensuales de 4.750 pesos, pero se defendió sosteniendo que había sufrido una merma de recaudación que, entre otras razones, obedecía a la existencia de sendas cocinas clandestinas en el Juzgado Federal n° 11 y en la Fiscalía Federal n° 2, ubicadas en los pisos 4° y 5° respectivamente.

El juzgado federal número 11 está a cargo del magistrado Claudio Bonadío, en tanto que la fiscalía federal número dos es la que ocupa Carlos Rívolo.

Pero además, la concesionaria atribuyó su imposibilidad de hacer frente a los cánones a la existencia, en el entrepiso del edificio, de un quiosco que comercializa productos en competencia con la licenciataria y el funcionamiento defectuoso de los ascensores del ala río, que llegan al piso 9°, donde está emplazada la confitería.

La Comisión de Administración Financiera, con la firma de los consejeros Miguel Galvez, Marcela Losardo, Ernesto Sanz, Luis Cabral y Santiago Montaña, recomendó al Plenario del Consejo de la Magistratura el rechazo de la apelación, lo que ocurriría el próximo jueves.

Los consejeros recordaron que el pliego de condiciones para la concesión establecía que la concurrencia del personal del Poder Judicial al comedor y/o buffet es absolutamente espontánea, por lo cual la repartición no se responsabiliza por la disminución o falta de la misma.

“La concesionaria debió asimismo tomar todas las precauciones pertinentes, a fin de considerar la clientela cautiva para efectuar el negocio que estaba emprendiendo, añadieron los consejeros.

Fuente: DYN

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