Jue 08.03.2007

00:00  › ENTRE RíOS > EL SENADO APROBó LA LEY DE LA MADERA

No más madera para celulosa

El Senado de Entre Ríos dio hoy sanción definitiva a la Ley de la Madera, por la cual se prohíbe la exportación de rollizos con destino a las plantas papeleras que funcionarán en Uruguay.

La norma fue solicitada reiteradamente por la Asamblea Ciudadana Ambiental Gualeguaychú como otra forma de luchar contra la instalación y el eventual funcionamiento de la empresa finlandesa Botnia en Fray Bentos.

El diputado provincial (UCR-Gualeguaychú) Osvaldo Fernández, autor de la llamada Ley de la Madera, expresó su "alegría por la aprobación de esta norma, y adelantó que ahora vamos por la ley nacional, porque la ley provincial es un primer paso, también se necesita una ley que establezca que desde ningún punto de la República se le venda madera a Botnia".

Con el voto de seis senadores peronistas y dos radicales fue aprobada la ley, que ya había sido avalada en Diputados.

Fernández expresó que "la aprobación de la Ley de la Madera es un paso más en la lucha para que Botnia se vaya de la cuenca del Río Uruguay".

"La ley es una iniciativa que nació en la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú -agregó Fernández- y luego tuvo muchos apoyos como el del Concejo Deliberante de Gualeguaychú, de las distintas comunidades que participan en la lucha contra las papeleras contaminantes y de prácticamente todos los bloques parlamentarios.

La ley, cuya aplicación ya confirmó el gobernador entrerriano Jorge Busti, declara "que la venta y/o salida de rollizos (madera sin procesos industriales proveniente de bosques implantados) y chips (madera fraccionada para facilitar y abaratar el transporte) destinada a la exportación como materia prima para empresas fabricantes de pasta celulósica que generan residuos contaminantes, lesiona los derechos de los ciudadanos entrerrianos consagrados en los Artículos 41º de la Constitución Nacional y 5º de la Constitución Provincial".

Por otro lado, la norma establece que "con la finalidad de preservar los derechos ciudadanos a un ambiente sano no se permitirá a las empresas radicadas en la Provincia de Entre Ríos la venta de rollizos o chips, en forma directa o indirecta, a las industrias establecidas o que se establezcan en la República Oriental del Uruguay, cuya finalidad es la producción de pasta celulósica con procesos químicos o semiquímicos".

Asimismo se prohíbe el ingreso a la provincia de rollizos o chips de madera transportada con destino a dichas industrias.

A su vez, la ley se complementa con las disposiciones de la Ley Nº 9644, que declaró a Entre Ríos como provincia libre de la instalación de plantas de producción de pasta celulósica con procesos químicos.

En su artículo 3º, la ley determina que "la madera proveniente de plantaciones o forestaciones ubicadas en el territorio provincial no podrá salir de la jurisdicción sin previo procesamiento y/o transformación que le genere valor agregado".

Se exceptúa la madera con destino a plantas industriales cuyos responsables demuestren fehacientemente la transformación de la misma en tales establecimientos, y la que se emplee para tijeras, estacas y rodrigones. A efectos de posibilitar que se le agregue valor a la madera en la Provincia se procurará incentivar la radicación de nuevas industrias, así como el apoyo a la modernización de las existentes".

Fuente: DYN

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