Mié 04.07.2007

00:00  › TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAñA MODIFICó LA CONDENA AL REPRESOR ADOLFO SCILINGO

Un milenio de condena

El Tribunal Supremo español elevó hoy de 640 a 1.084 años de prisión la condena que la Audiencia Nacional impuso al represor Adolfo Scilingo, por crímenes de lesa humanidad.

Según el fallo publicado hoy, el máximo tribunal español elaboró una segunda sentencia que modifica el fallo de la Audiencia Nacional del pasado 19 de abril de 2005 respecto a la pena que se aplica a Scilingo, pero reafirma el fundamento jurídico por el que el represor fue juzgado y condenado.

El tribunal fija además en 25 años el límite máximo de cumplimiento efectivo de la condena, de acuerdo con el Código Penal vigente en España.

Con la anterior sentencia, Scilingo cumpliría un máximo de 30 años, en aplicación del Código Penal reformado en 1973, vigente en el momento en que se produjeron los hechos.

En abril de 2005, en una sentencia histórica, la Audiencia Nacional condenó a Scilingo a un total de 640 años de prisión como autor responsable del delito de lesa humanidad, por 30 muertes, detención ilegal y torturas.

El tribunal consideró que Scilingo era responsable de la muerte de 30 personas arrojadas al río en dos "vuelos de la muerte" de la Armada, fuerza que utilizaba como método tirar opositores al Río de la Plata.

La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo por la defensa de Scilingo, que planteó la nulidad del juicio, y varias acusaciones, quienes cuestionan la calificación de lesa humanidad al entender que debería haberse aplicado genocidio.

Con 10 votos a favor y 5 en contra, el tribunal Supremo desestimó hoy estas cuestiones jurídicas de fondo e hizo lugar a reclamos relativos a la aplicación de la pena y los hechos probados.

En ese sentido, el Supremo encontró a Scilingo culpable o cómplice subsidiario de distintos crímenes cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante el período que se desempeñó allí.

Es así que ahora el máximo tribunal condena al acusado como "autor de 30 delitos de asesinato, de un delito de detención ilegal, y cómplice de 255 delitos de detención ilegal".

En consecuencia, Scilingo es condenado a un total de 1.084 años, es decir, "19 años de prisión por cada delito de asesinato; 4 años por el delito de detención ilegal del que se le condena como autor, y 2 años de prisión por cada uno de los delitos de detención ilegal de los que es considerado cómplice".

Estos delitos previstos y penados respectivamente en el artículo 139.1, 163, y 163, del Código Penal vigente, "constituyen crímenes contra la humanidad según el derecho internacional", dice el documento, que rechaza la calificación de genocidio que reclamaban algunas acusaciones.

La responsabilidad penal de Scilingo se sustentó fundamentalmente en sus propias declaraciones judiciales prestadas ante el juez de instrucción Baltasar Garzón a su llegada a España, en 1997, aunque luego se retractó de sus dichos durante el juicio.

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