Mié 14.10.2009

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Media sanción para el nuevo régimen de Salud Mental

La Cámara de Diputados dio media sanción, por unanimidad, a un Régimen de Salud Mental que tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de todas las personas y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas que sufren ese tipo de padecimientos.

La iniciativa se votó en general y particular con 172 votos, en un paquete junto a otros asuntos de diferentes materias y, posteriormente, algunos diputados adjuntaron observaciones parciales al trámite que ahora deberá ser analizado en el Senado.

El Régimen de Salud Mental es un proyecto de ley presentado por diputados nacionales de distintos bloques de la Cámara.

La iniciativa reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.

En ese marco, el proyecto prohíbe la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados y, en el caso de los ya existentes, se deberán adaptar a los objetivos y principios de la nueva ley hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos.

El texto ordena que en ningún caso podrá hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de status político, socioeconómico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso; demandas familiares; elección o identidad sexual o la mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.

También el proyecto indica que las adicciones "deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental", a la vez que el proyecto prescribe que "la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado".

Los servicios y efectores de salud públicos y privados, cualquiera sea la forma jurídica que tengan, deberán adecuarse a los principios establecidos en la presente ley.

Como modalidad de abordaje, el proyecto precisa que "el proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud".

Respecto de la internación la iniciativa aprobada en Diputados la considera "como un recurso terapéutico de carácter restrictivo y sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social".

Por eso, la iniciativa promueve "el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas internadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellas excepciones que por razones terapéuticas debidamente fundadas establezca el equipo de salud interviniente".

En casos de internación involuntaria deberá ser notificada obligatoriamente en un plazo de diez horas al Juez competente, que tendrá un plazo máximo de tres días corridos para autorizarla o requerir informes ampliatorios sobre el caso.

El texto aprobado en Diputados fue girado al Senado para que complete su revisión parlamentaria.

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