Buenos Aires, a los quince días del mes de julio de 1991, comparece ante S.Sa. y Secretaria autorizante una persona a quien se le hace saber se le recibirá declaración testimonial. Previo juramento que en legal forma prestó de ser veraz en todo lo que supiere o le fuere preguntado, se lo impone en este acto de las penas con que la ley castiga el falso testimonio y la falsa denuncia. Preguntado por S.Sa. sobre sus condiciones personales, dijo ser y llamarse KHALIL HUSSEIN DIB, acreditando su identidad con D.N.I. Nº 92.722.764, de nacionalidad libanés, nacido en Zgharra el 12 de diciembre de 1962, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio real en Arenales 1242, piso 4º "A". A preguntas de S.Sa. sobre el conocimiento que tiene del asunto, sus partes, y si respecto de las mismas le comprenden las disposiciones generales de la ley que previamente se le explican, dijo que conoce y lo une una relación de amistad con la señora Amalia Beatriz Yoma y con el señor Ibrahim al Ibrahim. Que respecto de las partes en la presente causa, solamente conoce al señor Caserta, pero no es amigo del nombrado. Que será veraz en todo lo que supiere o le fuere preguntado. A preguntas del Tribunal el compareciente dijo: que hace aproximadamente cuatro años atrás el deponente llegó a la Argentina, junto al grupo empresario del Sr. Farahon, quien se disponía en esos momentos a encarar el proyecto de la construcción de un hotel. Que el declarante iba a trabajar en el mencionado proyecto, comenzando a realizar sus trámites para radicarse en el país. Interin decide volver al Líbano donde permaneció por espacio de tres meses. Al volver a la Argentina abre un negocio en Ortega y Gasset y Libertador, local destinado a la venta de ropa. Que luego cambió el destino del local y puso una perfumería. Para esa época, el dicente toma contacto con el hijo de Delia Yoma, hermana de la señora Amalia Yoma, de nombre Yalal Nacrach, comenzando a frecuentar la casa de la señora Amalia. Que en la primera oportunidad en que el dicente concurre a la casa de Amira, ésta no se encontraba en el domicilio sino su marido Ibrahim, en compañía de un cantante árabe. Que a partir de esos momentos la relación comenzó a hacerse más fluida, frecuentando tanto el deponente el domicilio de Amira Yoma y su marido, como éstos el domicilio del declarante. Que para aclarar el panorama y ubicarnos en relación a la época, manifiesta que en esos momentos se planteaba la interna entre Cafiero y Menem para la presidencia de la Nación, la que como es de público conocimiento ganó Menem. Que para esa época, la señora Amira participaba intensamente de las actividades de la campaña, dado que se desempeñaba como secretaria de la señora Zulema Yoma de Menem y trabajaba en la oficina de la Avenida Callao. Que durante todo ese período no se produjo ningún acontecimiento importante que el declarante pueda poner en conocimiento del Tribunal, pero sí los hechos comenzaron a tomar relevancia en el momento en que Carlos Menem gana la elección a presidente de la Nación. Que a partir de la designación de Menem como presidente, la señora Amira Yoma es designada directora de Audiencias. Aproximadamente dos meses después Ibrahim al Ibrahim es nombrado asesor en la Aduana de Ezeiza, a pesar de que su manejo del idioma castellano era bastante precario. Que recuerda haber escuchado comentarios de Ibrahim en el sentido de que "para ver no era necesario escribir ni hablar en castellano" (sic). Que en realidad fue Ibrahim quien solicitó esa designación, con la finalidad de ejercer una suerte de control sobre la Aduana de Ezeiza. Que no hubo ninguna mala intención en tal designación, Ibrahim lo que quería era controlar cómo estaban las cosas en la Aduana. Que aproximadamente seis o siete meses después de la designación de Ibrahim en la Aduana de Ezeiza, el mencionado le solicita al declarante su colaboración, en virtud de que sabía leer el castellano mejor que él e incluso tenía mejor manejo del idioma. Que le pidió que lo acompañe, a fin de ocupar su tiempo, dándole algo de dinero, pero tal tarea la desempeñaba quien declara en forma extraoficial completamente. Que a Caserta lo conoció algún tiempo después, en virtud de que había llegado a la Argentina un hermano de Ibrahim que no hablaba nada de castellano. Que por tal motivo, la señora Amira Yoma le pidió al declarante que la acompañara junto a este señor a la Casa de Gobierno. En esas circunstancias se presentó, en Casa de Gobierno, Mario Caserta, a quien recién conoció en esa oportunidad. Que Caserta mantuvo una reunión privada con la señora Amira, de la que el deponente no participó. Que luego de esa reunión, recuerda que Caserta comentó que iría a Ezeiza para ver a Ibrahim, pero el declarante no lo acompañó. Que con posterioridad a estos hechos, aclara que no puede precisar la fecha, recuerda que Amira e Ibrahim viajaron a Nueva York. Que al volver, el deponente está en Ezeiza esperándolos, y observó que también estaban en el lugar el señor Mario Anello junto a Caserta. Que en ese viaje Ibrahim y Amira trajeron cuatro valijas. Que tomaron las valijas y las colocaron en el auto de Ibrahim y Amira. Que Caserta estaba en su vehículo con su chofer y Anello en el propio. Que al llegar al domicilio de Ibrahim y Amira, el deponente debió esperar abajo. Observó aproximadamente una hora después de llegar a la casa, sale Anello de la casa llevándose las cuatro valijas. Que debe decir que tal hecho le llamó la atención, dado que Anello se llevó todas las valijas que trajeran Amira e Ibrahim, a pesar de lo cual consideró que no era asunto de su incumbencia y no preguntó nada. Que poco tiempo después Amira e Ibrahim realizan otro viaje, pero esta vez con destino a Miami. Que en esta ocasión viajaron también el hermano de Amira de nombre Omar con su esposa, Juan Pousiña, secretario de Amira, el hermano de Ibrahim que había venido de Siria y que no sabía hablar castellano, y regresaron con cinco valijas, más el resto del equipaje. Que en esta oportunidad también los esperó quien declara, observando que en Ezeiza se encontraban Mario Anello y otro señor. Que este otro señor le manifestó al dicente que era el padre de Anello, tomando conocimiento después de que a esta persona se le apodaba "el viejo", y que se trata de Ramón Puente Patiño, que es quien se encuentra actualmente detenido en Uruguay. Que al retirarse de Ezeiza, Patiño viajó en un auto y Anello en otro, y al llegar a la casa de Ibrahim y Amira, Anello volvió a subir como la vez anterior, y se retiró aproximadamente una hora después, llevándose las cinco valijas. Que por último realizan un nuevo viaje a los Estados Unidos Ibrahim, Codi, que es un secretario de Amira, y el señor Leonardo Barujel, que según cree es productor de radio. Que cuando volvieron y llegaron a Ezeiza, el dicente observó que Codi estaba sumamente nervioso, y al preguntarle el dicente qué le pasaba, aquél le manifiesta que estaba preocupado por las dos valijas que había embarcado, dado que estaban llenas de dinero y demoraban en llegar a la cinta. Que recién ahí el declarante toma conocimiento del porqué de estos viajes. Que en este tercer viaje al llegar a Ezeiza, también observó que estaban esperando a la comitiva Patiño con Anello, y Patiño quiso llevar todas las valijas en su auto, a lo que Ibrahim se opuso. Que como el declarante viajó en el auto con Ibrahim, estuvo conversando con el nombrado preguntándole si estaba seguro de lo que hacía y si tal accionar podía ocasionarle problemas, respondiéndole Ibrahim que él ya había averiguado que era legal ingresar divisas en la Argentina, y que el dinero pertenecía a fuertes empresarios americanos que de esta forma evadían el pago de impuestos. También puede decir que Ibrahim exigió que una de las valijas por lo menos quedase en su vehículo, manifestándole al dicente que de esta manera podía cobrarse la comisión por el transporte. Que al llegar al domicilio de Ibrahim también en esta ocasión subió Anello al departamento, y al cabo de un rato se retiró con la valija. Que una vez ocurrido lo que acaba de relatar, Amira toma conocimiento de que el declarante sabía del contenido de las valijas, comienza a perseguirlo a quien depone de todas las maneras posibles. Lo amenazó por teléfono, se puso en contacto con todas las oficinas que el declarante frecuentaba, prohibiéndole el ingreso, manifestando incluso a sus amigos que si tomaban contacto con el dicente los mandaría presos. Que en tales circunstancias, Ibrahim y Amira concurren a su casa, y la mujer se puso como loca, le gritó e incluso lo arañó, debiéndosela el dicente "sacar de encima a los empujones" (sic). Que la enloqueció el hecho de que el declarante supiera del contenido de las valijas. Que a partir de tales hechos y amenazas perdió todo contacto con dichas personas. Que sin perjuicio de ello debe decir que hubo un secretario de Emir Yoma que también ofició de correo desde los Estados Unidos, de nombre Juan Antonio Catemero, quien al volver de un viaje le robaron dos valijas con dinero. Que tal hecho se lo contó el mismo Ibrahim, dándole a entender incluso que eran ellos mismos quienes las habían robado. Que mantuvo una relación amistosa aún por algún tiempo con Ibrahim al Ibrahim, quien siempre le manifestó que tuviera cuidado, que los Yoma eran poderosos y lo podían matar. Por último, al tomar conocimiento de los hechos que son de público conocimiento es que llegó a la conclusión de que eran todos delincuentes, pero lo que lo decidió a comparecer es el hecho de haber tomado conocimiento de que hay otra persona que se llama igual que el deponente que está mencionada por el periodismo. Que evidentemente no es quien declara, por lo que decidió hacer conocer todo lo que sabe a efectos de evitar suspicacias de cualquier índole. Preguntado para que diga a quién o a quiénes conoció en la Aduana o en Casa de Gobierno que puedan corroborar la presencia del declarante en ese lugar, dijo: el jefe de salón Ferzi, un vista de Aduana de nombre "turco Alí", una vista de Aduana, Norma, y otra señora que se llama Marta, también Ana Rosa, secretaria de Ibrahim, Carlos Fita, jefe de relaciones públicas del Aeropuerto Internacional; el jefe de relaciones públicas de Aerolíneas Argentinas. En Casa de Gobierno, Beatriz, directora conjunta de Audiencias junto a Amira; Juan Pousiña, Codi, y otra secretaria que ya no está. Preguntado para que describa las primeras cuatro valijas, dijo: que son valijas "Samsonite" de color oscuro, las cuatro iguales. Preguntado para que diga la marca y/o modelo del coche de Ibrahim, dijo que se trata de un Peugeot 504, color gris dorado, con un Movicom adentro, con los vidrios negros, aunque aclara que este coche ya lo vendió. Preguntado para que diga marca y/o modelo del vehículo de Amira: dijo que es un 505 de color celeste azulado, con los vidrios negros, con sirena, y lo tiene todavía. Que tiene también un 505 de color blanco. Preguntado para que diga si puede describir el vehículo de Caserta: dijo que es un Falcon de color marroncito de uso oficial, y que el chofer de quien no recuerda el nombre había sido anteriormente chofer de Amira. Que el vehículo de Anello es un Peugeot 505 de color azul. Preguntado para que diga cuál es el domicilio a que hiciera mención de Amira e Ibrahim, manifiesta que está en Coronel Díaz al 1400, no pudiendo precisarlo, que sabe ir, y que está al lado del café Tiziano. Que puede describir completamente el interior de la casa, y que no lo hace en estos momentos por no parecerle relevante al Tribunal. Preguntado para que diga si puede describir a Anello, Caserta, Juan Pousiña, dijo: que Anello es de piel oscura, mide aproximadamente 1,70 metro, de pelo oscuro y corto, usa anteojos, es robusto; Caserta mide aproximadamente un metro ochenta, pelo fino peinado con raya al costado, piel más bien blanca, de contextura física normal; Juan Pousiña mide un metro setenta, de aproximadamente sesenta años o algo menos, pelo blanco, y un lunar blanco en su mejilla; es muy delgado. Preguntado para que diga si puede describir las cinco segundas valijas, dijo que era marca "Samsonite", y le llamó la atención una de color rosa, el resto oscuras, que todas venían con una cinta; preguntado para que diga si puede describir a Ramón Puente Patiño, "Codi", "Barujel", dijo que Puente Patiño es un viejo gordo, tiene la nariz tipo boxeador, pelo blanco y mide aproximadamente un metro sesenta y cinco o uno setenta. "Codi" es de un metro ochenta y algo de estatura, flaco, alto, tiene bigote. "Barujel" mide como dos metros, es gordo, es muy llamativo para vestirse, por ejemplo una vez lo vio con un enterito rojo, y es muy morocho, con bigotes. Preguntado para que diga si puede describir a Juan Antonio Catemero, dijo tiene aproximadamente cuarenta años, de un metro setenta o algo más de estatura, de contextura física relleno o robusto, cabello entrecano. Preguntado para que diga si alguna vez vio contar dinero y dónde, como así también cuándo, dijo que vio a Ibrahim contando dinero en Ezeiza, que eran billetes de diez y veinte dólares. Que sería dinero correspondiente a la comisión que le correspondía. Que también vio a Amira en alguna ocasión contando dinero del mismo tipo en su casa, creyendo que era el de las valijas, lo que no puede asegurar. Preguntado para que diga si tomó conocimiento de estos hechos por los medios publicitarios, dijo que sí. Dijo que cuando vio la foto de Puente Patiño, no lo podía creer. Preguntado para que diga si sabe que hay un juez competente y por qué no concurrió a ese Juzgado, manifestó que sintió de boca de Ibrahim y de Amira que conocían a la Jueza de antes de iniciarse la causa, y "la tienen arreglada" (sic). Que nada más tiene que decir, con lo que se dio por finalizado el acto, previa lectura y ratificación que por sí dio de la presente firmando después de S.Sa. por ante mí que doy fe. A esta altura y a instancias del compareciente, S.Sa procede a la reapertura del acto aclarando el declarante que su domicilio actual es Soler 3690, piso 7º "A", agregando que el de la calle Arenales es el que figura en su D.N.I. es de un familiar del dicente. Que nada más tiene que decir, con lo que se dio por finalizado el acto previa lectura y ratificación del compareciente, quien firma por ante mí que doy fe, y después del Sr. Juez.