Imprimir|Regresar a la nota
Domingo, 27 de septiembre de 2009
logo cash
Presupuesto > Resignaci贸n de millonarios recursos por parte del fisco

Gastos tributarios

Los gastos tributarios suman 23.813 millones de pesos en este a帽o, monto que equivale a 2,14 por ciento del PIB. Se trata de ingresos que el fisco deja de recaudar debido a un tratamiento impositivo especial.

Por Diego Rubinzal

La dirigencia suele ser pr贸diga en propuestas que no cuentan con una sustentable fuente de financiamiento. En general, la restricci贸n presupuestaria es ignorada por aquellos que promueven una rebaja sustancial de los derechos por exportaciones y una implementaci贸n simult谩nea del ingreso universal para la ni帽ez.

Universalizar un aporte de ese tipo implica un esfuerzo presupuestario que supera largamente los 10 mil millones de pesos anuales. Por lo tanto, el principal desaf铆o para hacer viable esta iniciativa es precisar de d贸nde saldr谩n los recursos correspondientes. A tal fin, el an谩lisis de los llamados 鈥済astos tributarios鈥 resulta una tarea ineludible. Esos 鈥済astos鈥 representan los ingresos que el fisco deja de recaudar debido a la presencia de un tratamiento impositivo especial. Los casos m谩s habituales son las exenciones, las deducciones de la base imponible y las al铆cuotas reducidas para determinadas actividades o zonas geogr谩ficas espec铆ficas.

Los gastos tributarios no comprenden aquellos beneficios que implican simplemente un diferimiento en el pago de impuestos. Esto se debe a que, en ese caso, la p茅rdida de recaudaci贸n es compensada con mayores pagos en a帽os posteriores. Tampoco son consideradas aquellas deducciones que tienen un car谩cter general como las del m铆nimo no imponible y cargas de familia, aportes a obras sociales y sistemas de jubilaci贸n en el impuesto a las Ganancias.

La Direcci贸n Nacional de Investigaciones y An谩lisis Fiscal, organismo dependiente de la Secretar铆a de Hacienda del Ministerio de Econom铆a, calcula todos los a帽os el quantum de los gastos tributarios. Con respecto a 2009, esa repartici贸n oficial estim贸 que el monto alcanza los 23.813 millones de pesos. Ese monto equivale a 2,14 por ciento del PIB y al 7,3 por ciento de la recaudaci贸n de impuestos nacionales y contribuciones de la seguridad social proyectada para ese a帽o. De ese total, 19.059 millones de pesos corresponden a tratamientos especiales establecidos en las leyes de los respectivos impuestos, y 4753 millones a beneficios otorgados en los diversos reg铆menes de promoci贸n econ贸mica.

En t茅rminos del PIB, el total de los gastos tributarios se viene reduciendo levemente debido a la finalizaci贸n del r茅gimen de devoluci贸n parcial del IVA a las compras efectuadas con tarjetas de cr茅dito y por la imposici贸n de derechos a las exportaciones del sector minero. Desglosado por impuesto, el IVA carga con el 48 por ciento de los gastos tributarios, seguido por el impuesto a las Ganancias, con el 28 por ciento del total. En el IVA, las principales p茅rdidas recaudatorias se producen por las menores al铆cuotas que tienen las carnes vacunas, frutas, legumbres y hortalizas (1657 millones anuales), transporte de pasajeros (709), productos de panader铆a (709) y por las exenciones de los servicios m茅dicos a obras sociales (1034), medicamentos (744) y servicios educativos (680 millones de pesos). En el impuesto a las Ganancias, los beneficios m谩s importantes corresponden a las exenciones de los intereses de activos financieros (t铆tulos p煤blicos, dep贸sitos bancarios y obligaciones negociables) y de las entidades sin fines de lucro.

La estimaci贸n es que por la exenci贸n de los intereses de t铆tulos p煤blicos se dejan de percibir 2932 millones de pesos, por la no gravabilidad de intereses por dep贸sitos en entidades financieras 943 millones, y por las 鈥済anancias鈥 no gravadas de asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas 1592 millones. En el caso de los beneficios otorgados por reg铆menes promocionales, los gastos tributarios m谩s importantes son los derivados de la aplicaci贸n de la Ley 19.640 de promoci贸n econ贸mica de Tierra del Fuego, que concentra el 44 por ciento del total, y el reintegro a las ventas de bienes de capital de fabricaci贸n nacional, que re煤ne el 23 por ciento.

Los t茅cnicos oficiales encargados de su c谩lculo se帽alan que la enumeraci贸n de los gastos tributarios no implica un juicio de valor. Muchos de esos beneficios tienen su explicaci贸n econ贸mica y/o social, lo que justifica su permanencia en el tiempo. Sin perjuicio de ello, el an谩lisis de los gastos tributarios es un tema a tener en cuenta al momento de buscar nuevas fuentes de financiamiento

[email protected]

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.