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Lunes, 12 de junio de 2006
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Que el estado se encargue de la salud del trabajador

Una iniciativa presentada en la Legislatura propone que el Estado
provincial brinde atenci贸n m茅dica en los casos de accidentes
laborales. Y si incurri贸 en gastos, que el reintegro sea inmediato.

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Ver贸nica Benas tambi茅n quiere mejorar la situaci贸n de docente con licencia por maternidad. Gozar谩n de sus haberes y de la obra social a煤n cuando su cargo haya sido ocupado por una titular.

La C谩mara de Diputados de Santa Fe dio media sanci贸n a tres proyectos de la diputada Ver贸nica Benas (ARI) en relaci贸n a mejoras laborales. Ahora espera que el Senado los transforme en leyes. Mientras que dos de los proyectos refieren exclusivamente al sector docente, el tercero corresponde a todos los empleados del Estado provincial. Se trata de una ley de Accidentes del Trabajo que propone reglamentar un procedimiento para que sea el Estado el que brinde la atenci贸n m茅dica necesaria en caso de ocurrir un accidente laboral, y que en el caso de que el trabajador tenga que hacerse cargo de los gastos al momento del accidente, el reintegro se realice en el plazo de cinco d铆as h谩biles.

Otro de los proyectos, tambi茅n vinculado a la salud, establece que toda docente con licencia por maternidad tendr谩 derecho a gozar de sus haberes y de la obra social hasta que finalice el per铆odo de licencia, a煤n cuando su cargo haya sido ocupado por una docente titular. Seg煤n la legislaci贸n vigente, para que esto no ocurra se le exige a la docente embarazada acreditar antig眉edad. Entonces en el caso de docentes interinas o reemplazantes, pierden la licencia ni bien su cargo es ocupado por una titular.

La tercera iniciativa hace referencia a aquellos docentes que por cuestiones de salud no pueden estar frente a un curso. En este caso, la legislaci贸n actual solicita que acrediten 18 a帽os de antig眉edad como titulares para ser trasladados a otras tareas dentro de la comunidad educativa. En caso de que esto no fuera as铆, el docente goza de dos a帽os de licencia y despu茅s queda cesanteado, con lo cual pierde la obra social -y se trata de personas con graves problemas de salud-. Lo que propone este proyecto es reducir esta exigencia de 18 a帽os a un a帽o, como en el caso de los no docentes.

Los tres proyectos -presentados en 2004- ya hab铆an obtenido la media sanci贸n de Diputados en 2005, pero Senadores no los trat贸 en ordinarias ni en extraordinarias, a pesar de haber sido solicitada su incorporaci贸n, y perdieron estado parlamentario. "Entendemos que los tres proyectos constituyen una correcci贸n de las normas que regulan el trabajo en la provincia y que evidentemente van a recibir la media sanci贸n que les falta porque en todos lo casos, el Estado -como empleador- es el que incumple las normas nacionales e internacionales", reflexion贸 Benas, y argument贸 que "no hay ning煤n motivo desde lo legal que pueda contrariar estas leyes".

En este sentido agreg贸 que "en realidad se est谩 protegiendo al Estado de juicios, porque es evidente que cualquier trabajador que no reciba atenci贸n por accidentes de trabajo, que sea despalazada cuando tiene licencia por maternidad, o que quede desprotegido en el caso de una enfermedad grave sin obra social, eventualmente si le hiciera un juicio al Estado, cualquier juez le dar铆a la raz贸n al trabajador porque ac谩 estamos hablando de normas superiores nacionales e internacionales en las que Argentina como pa铆s a sumado a su Constituci贸n".

Actualmente "la Ley de Riesgos del Trabajo obliga a todo empleador p煤blico o privado a contratar una ART o bien, en el caso del estado, asegurarse y constituirse en aseguradora", explic贸 Benas y detall贸: "Esto significar铆a que la provincia notificar谩 a cada uno de los trabajadores los procedimientos a seguir en el caso de un accidente de trabajo. Esto no lo ha hecho, y lo que ocurre en la realidad es que si hay un accidente de trabajo en cualquier dependencia p煤blica que afecte a un trabajador del Estado, en muchos casos no tienen servicio alguno, ni siquiera atenci贸n m茅dica, lo que significa evidentemente una violaci贸n importante a los derechos y a las obligaciones en cuanto a lo que hace a la atenci贸n de riesgos del trabajo".

Frente a esto, continu贸 la diputada, "lo que se hace con esta Ley es reglamentar un procedimiento para que sea el Estado el que en todo momento -desde que se declara el accidente hasta que se recupera finalmente el trabajador- brinde la atenci贸n. En el caso de que el trabajador tenga que erogar de su bolsillo por cualquier motivo vinculado al accidente, el reintegro se debe hacer en el plazo de cinco d铆as h谩biles, es decir de un modo lo m谩s inmediato posible de manera que la cobertura est茅 garantizada".

Informe: Paula Kearney

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