El juez civil y comercial Tristán MartÃnez dictó una medida cautelar en favor de una familia de Piamonte -ubicada a 180 kilómetros al noreste de Rosario- por la cual se prohÃbe fumigar a menos de 800 metros de su hogar con cualquier tipo de agroquÃmicos. La medida también prohÃbe la circulación de máquinas pulverizadoras, conocidas como mosquitos, en todo el radio urbano asà como el acopio de agroquÃmicos. La cautelar fue solicitada por la abogada MarÃa Eugenia Boccio quien patrocina a la familia Córdoba, gravemente afectada por las fumigaciones, tales como irritación en las vÃas respiratorias, ojos, garganta y nariz, lo que les provoca vómitos y mareos constantes."La cautelar no solo protege a mi patrocinada, sino a todo el pueblo" aclaró a Rosario/12 la doctora Boccio. La medida tiene fecha 30 de setiembre y el último lunes fue notificada formalmente al presidente comunal de Piamonte, sobre quien se apunta que garantice la prohibición. Ayer la familia perjudicada denunció que hubo "mosquitos" circulando por su barrio.
Boccio aclaró este diario que "la medida es cautelar -es decir es previa y no resolutiva del conflicto- pero su fin es impedir el agravamiento de la situación de la población de Piamonte y de la familia accionante en particular".
En ese marco explicó que "se dictó en el marco de un juicio ambiental por 'pluricontaminación' originada en la actividad de los acopios, tránsito y guarda de maquinaria agrÃcola, especÃficamente 'mosquitos' o maquinaria pulverizadora, asà como para guarda y aplicación de agroquÃmicos en las plantas de acopio que se encuentran dentro del tejido urbano. También se prohÃbe la fumigación de campos lindero a la vivienda de la actora".
"La acción de amparo -agregó la letrada- pretende que judicialmente se resuelva en favor de la vida humana y el derecho ambiental, en base del cual se sustenta la vida y salud de las personas, y para ello, se peticionó que se prohÃba la fumigación manual, terrestre y/o aérea con ningún tipo de agroquÃmicos a menos de 1000 metros de todo el ejido urbano de la comuna de Piamonte, y especÃficamente de la vivienda de los Córdoba".
En su presentación Boccio pidió también que "se prohÃba la circulación, tránsito, permanencia y/o cualquier otra actividad que implique la presencia en zona urbana de maquinaria agrÃcola, especÃficamente, mosquitos, y/o pulverizadoras".
En la misma cautelar la abogada solicito que "se ordene a los acopios y/o plantas de silos existentes que den estricto cumplimiento a la Resolución Nº 177/03 y el Decreto Nº 1844/02 en todas sus partes y en especial, en cuanto dispone de gestión adecuada de los envases en uso, desuso y residuos de agroquÃmicos, a los que trata como residuos peligrosos".
Finalmente la letrada especializada en derecho ambiental pidió que "se fije un plazo perentorio e improrrogable para que los acopios y/o plantas de silos, talleres, y depósitos de agroquÃmicos trasladen sus instalaciones fuera del lÃmite urbano y a una distancia no menor a 500 metros del mismo".
Según desgrana en diálogo con Rosario/12 , para Boccio la situación de la Comuna de Piamonte es "alarmante, ya que dentro del éjido urbano se han podido constatar más de cinco plantas de acopios (de gran dimensión), cinco galpones de guarda de maquinarias agrÃcolas, donde especÃficamente, se guardan máquinas pulverizadoras. Varios de ellos se encuentran frente al predio deportivo del Club Atlético Piamonte, donde van a realizar las actividades fÃsicas de las escuelas y extracurriculares todos los niños del pueblo".
También destaca que "la circulación de mosquitos por las calles de Piamonte es contÃnua, empezando a tempranas horas de la mañana y culminando a altas horas de la noche. Con un permanente sometimiento de la población a la contaminación del ambiente y el perjuicio en su salud".
En esta lÃnea la joven abogada no duda en afirmar que "si bien no se efectuó campamento sanitario en esta localidad, puede intuirse que sus resultados serán idénticos a los de la zona, como ser las localidades de MarÃa Juana y MarÃa Susana, donde los casos de cáncer superan tres veces la media nacional".
En este contexto, la medida cautelar dispuesta por el juez Tristán MartÃnez "viene a ser un respiro para la población de Piamonte y la familia Córdoba en particular".
No es la primera vez que el mismo juez otorga una cautelar en este sentido: el 10 de junio de 2009 falló "prohibir fumigar en los campos ubicados al lÃmite del Barrio Urquiza (San Jorge) en una distancia no menor a los ochocientos metros para fumigaciones terrestres, y de mil quinientos metros para fumigaciones aéreas, a contar dichas medidas desde el lÃmite de la zona urbana, con ningún tipo de agroquÃmico o producto de los relacionados".
Este fallo fue confirmado en segunda instancia el 9 de diciembre de 2009 por la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones, rechazando el recurso de apelación articulado por la Provincia de Santa Fe.
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