"Las mujeres, por su condición de tales, fueron sometidas a prácticas represivas diferenciales, como quedó establecido en este debate. Esto no fue casual, si no que tuvo el objetivo particular de disciplinarlas por haber transgredido, con su militancia y compromiso, el lugar que la cultura machista tenÃa asignado para ellas en esa época, ubicándolas como amas de casa y madres. HabÃa que castigarlas por haberse salido del estereotipo y por eso, además de someterlas a las cruentas torturas que padecieron todos y todas en los centros clandestinos también debieron vivir situaciones particulares vinculadas a su condición de mujeres, y fueron mayoritariamente vÃctimas de agresiones sexuales". Esta es solo una parte del alegato que en el marco de la causa DÃaz Bessone presentó ayer la abogada de la SecretarÃa de Derechos Humanos de la Nación Ana Oberlin. La presentación apuntó a englobar los hechos en el contexto histórico y narrar los casos por los cuales oportunamente pedirán pena. Dado lo extenso de la jornada, se pasó a cuarto intermedio hasta lunes, cuando continuará Lucas Ciarnello, también en representación de la Secretaria de DDHH.
Entre los puntos relevantes que esgrimió en su alegato Oberlin destacó "la violencia sexual y la violencia de género" a la que fueron sometidas las vÃctimas en este circuito represivo. De igual modo se solicitó que se deje constancia en la sentencia de los hechos sufridos por las mujeres por su condición de género. Lo que surgió, concretamente fue:
*Casos de violaciones y abusos sexuales. De los casos por los cuales acusó esta querella, explÃcitamente mencionaron haber sido vÃctimas de estos delitos Elida Deheza, Ana Ferrari, Elba Ferraro de BettanÃn, Stella Hernández, Stella Poroto, José Berra y Daniel Gollán.
*También fueron relatados los abusos vinculados al género sufridos sistemáticamente por las mujeres como la desnudez forzada, la inexistencia de intimidad respecto de la satisfacción de las necesidades fisiológicas, la continua observación de los cuerpos y los comentarios humillantes al respecto; la falta de elementos higiénicos femeninos.
*En muchos casos, esta situación se vio agravada para las mujeres embarazadas que fueron sometidas a un régimen de vida inhumano -al igual que sus compañeros y compañeras de cautiverio- pero empeorado exponencialmente por su estado gravidez. Incluso, algunas de ellas fueron golpeadas y/o picaneadas y/o sometidas a escuchar las vejaciones a las que sometÃan a sus parejas. También se las amenazó con realizarles abortos. Además, en el caso de las que tuvieron a sus hijos, fueron obligadas a parir en condiciones profundamente vejatorias: esposadas, con custodia permanente, sin ningún tipo de intimidad en un momento de tanta trascendencia.
Además se incluyó "el uso instrumental de niños como parte de la tortura, principalmente de sus madres, como bien señaló la fiscalÃa en el caso Guerrieri, lo que se repitió en este caso. Sin dudas el caso más escalofriante lo constituyó el de Rut González, cuyas hijas fueron dejadas en el Servicio de Informaciones y como relataron sus compañeras de cautiverio, continuamente preguntaba por ellas, además de que fueron golpeadas en su presencia como forma de tortura. Es destacable que quienes decÃan actuar para preservar valores cristianos, no hayan tenido ningún prurito en cometer los actos más repugnantes sobre mujeres embarazadas y niños indefensos", planteó Oberlin.
Por esto solicitaron "que los hechos enunciados, excepto las violaciones y abusos sexuales, sean considerados especialmente en la sentencia como integrantes de los tormentos a los que fueran sometidas particularmente las mujeres y se los destaque para que sean visibilizados como parte del plus de violencia que por su condición de género padecieron".
Solicitaron también que "se extraigan los testimonios individualizados y sean remitidos a instrucción para su investigación en tanto al haber sido enunciadas en este proceso por quienes la padecieron, debe considerarse correctamente habilitada la instancia, no pudiendo esgrimirse como obstáculo la particular caracterÃstica de delitos de instancia privada".
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